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Consulta formulada por:
¿Tendríamos obligación de inscribir ficheros según el nuevo RGPD?
29.08.18
Hola!
Escribimos desde la Fundación Fransol, una ONG muy muy pequeñita. Tenemos algunas dudas sobre el nuevo Reglamento General de Protección de Datos:
Un artículo del blog de SolucionesONG.org dice: “Desaparece la obligación de inscribir los ficheros, que se sustituye por un control interno y, en algunos casos, un inventario de las actividades de tratamiento de datos que se realicen.”
Mi pregunta es: ¿No tenemos que dar de alta ningún fichero? ¿Podemos cumplir la ley si lo gestionamos nosotros sin ayuda de una empresa?
¡Muchas gracias!
Maika
Respuestas
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
26.09.18
Maika,
no hay que inscribir nada en ningún sitio. Hay que hacer las cosas bien y demostrarlo si alguna vez te preguntan. Podeis hacerlo vosotros o contratar a alguien. En el sitio web de la Agencia de protección de datos hay mucha información.
Lo de la inscripción no valía para nada y era lo único que hacían muchos.
Saludos,