Consultas Online
Consulta formulada por:
Maria del Mar Garrido Almodovar
¿Tendríamos motivos suficientes para hacer un despido procedente?
28.01.11
Soy la presidenta de una asociación de alzheimer en Ciudad Real y directora de un centro para enfermos de alzheimer propiedad de la asociación.
Les explico la cuestión sobre la cual necesito que me asesoren:
El 28 de enero me llaman de la mutua FREMAP, para decirme que tienen alli, a una trabajadora que dice que ha tenido un accidente laboral. Tenemos acordado con la mutua, que si el trabajador no lleva un parte firmado por la coordinadora de personal o por mi, no sea atendida, y en base a eso, me llaman para tener confirmación o no.
Entonces la trabajadora, dice que el incidente sucedió hace más de 10 días (excuso decirles que nos hemos visto casi todos los días, que ella ha estado trabajando con absoluta normalidad y que no hay constancia de ningún tipo, ni en los partes diarios de trabajo, ni en los cuadernos de comunicación existentes en la empresa, donde diga que esta trabajadora, ha tenido ningún problema).
Pues bien; despues de idas y venidas por parte de la trabajadora a la residencia (donde parece ser, ha montado en cólera con el personal administrativo y trabajo social) y a la mutua, vuelve a llamar por telefono y habla con la coordinadora de personal, diciendole textualmente, que ella QUIERE que sea un accidente laboral, porque así cobra más y que qué más nos da a nosotras.
La coordinadora le contesta que no tenemos constancia de ningún accidente laboral y por tanto no se le puede rellenar el parte. Que si se encuentra mal, vaya a su medico de familia y le explique el tema, para que sea su medico quien le de la baja si procede.Ella contesta que ya ha ido y que su medico le ha mandado un antiinflamatorio y le ha dicho que no hay motivo para la baja laboral.
Mi pregunta ante esto es: ¿existe motivo para un despido procedente, a la vista del intento, según entiendo, de estafar a la mutua y a la empresa para cobrar más?.
Muchas gracias y disculpen las molestias.
Mar Garrido Almodóvar
Respuestas
Opinión anónima
10.02.11
Todos los trabajadores, intentan que su baja sea accidente laboral, porque así cobran más. Cuando ella dice que ha ustedes eso no les afecta, no es cierto, porque los demás pueden solicitar que lo suyo también sea baja por accidente, y a continuación varias bajas por accidente laboral conlleva inspección, además de cooperar en un fraude.
Pero para un despido es preciso haber informado antes al trabajador como falta grave, por escrito.Además es su palabra contra la suya, ante un magistrado, a menudo tiene preferencia el trabajador, no creo que ganara el juicio.
Puede que mis compañeros opinen de forma distinta. Suerte
Opinión anónima
10.02.11
Buenos días:
Es siempre un momento complejo el decidir si una acción es causa suficiente para despedir a un trabajador (aunque estos hechos estén tipificados como sancionables). Es un proceso en el que a pesar de tener todo a favor, puede que al final un juez lo califique como improcedente o nulo.
Es difícil opinar, pero te puedo dar pistas para ver si os ayuda a tomar la decisión o no.
- El despido es la máxima sanción que se puede imponer a un trabajador. ¿su conducta merece tener la mayor sanción posible?
- En el régimen disciplinario de un convenio suelen establecerse diferentes sanciones para cada tipo de infracciones; para las muy graves está el despido, pero se suelen prever otras no tan tajantes. La razón de ser del régimen sancionador es, por un lado, sancionar una conducta y, por otro, que esa conducta no se vuelva a repetir, por ello se preven estas otras sanciones (suspensión de empleo y sueldo, no optar a promoción en el trabajo en x años, etc.). Supongo que en el convenio de aplicación estará prevista la “simulación de enfermedad o accidente” (que sería a mi modo de ver la principal infracción), revisad si por esta causa está prevista la opción de un despido y sus diferentes sanciones.
- A mi modo de ver, también se produce una transgresión de la buena fe contractual, al haber tratado de intentar que la empresa reconociese un accidente de trabajo donde no ha existido.
- Aunque lo tengáis muy claro, echad cuentas de lo os pudiese costar.
- Yo siempre recomiendo hablar con el trabajador y tratar de llegar a un entendimiento, siga o no siga en la empresa.
Creo que en esta conducta hay hechos sancionables, pero no me atrevo a predecir cómo lo calificará un juez, aunque espero haberte ayudado a tomar una decisión.
Todo ello, salvo mejor opinión.
Opinión anónima
10.02.11
No concuerdo con la respuesta anterior de que TODOS los trabajadores intentan que su baja sea por accidente laboral, pero bueno…yendo a la pregunta en sí, el asunto no lo veo fundamentado como para proceder a un despido objetivo.
Yo haría lo siguiente
1. por teléfono decirle a la mutua que nos pregunte por escrito (fax por ejemplo) si lo aducido por la trabajadora es cierto.
2. Por escrito contestarle que no (idem fax).
3. Esperar a ver si la mutua toma alguna otra iniciativa y recabar una copia de la misma.
4. En base a los documentos anteriores, dirigir un escrito a la trabajadora (que entiendo se entregará en mano) con una diligencia para que ponga su firma acreditando que ha recibido el escrito, en el que se le indique que se considera una falta el intento de engaño realizado con la mutua.
Sería mejor de todos modos que este scrito fuese convenientemente redactado por vuestra asesoría legal, indicando el precepto infringido, etc.
Con ello quedaría documentada esta falta para el futuro e ir sumando a otros fallos que pudiera tener esa persona.
Aportada por:
20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.
Trabaja en:
Asesor particular
10.02.11
Aunque no sé si mi respuesta se adecuará o no a la pregunta, la perecepcion que me llega es que este es el ultimo de una serie de incidentes y de diversidad de problemas entre trabajadora y empresa.
Tal parece que la trabajadora por su lado esté saturada- o se siente asi- por una parte, y la asociación no parece tampoco satisfecha con ella.
Sobre esta base derivará que ustedes estén o no interesados en un despido o en un arreglo con sanción. En el primer caso seguro habrán más motivos que este que ustedes consultan, y que como dicen algunos compañeros podría o no valorarse como suficientemente grave. En tal caso, ella probablemente tendrá otras alegaciones, incluso si en este caso su conducta no es justificable. En tal caso, sería conveniente consultar con un abogado tanto en base a hechos como a posibilidad de probar y presentar testigos.
Espero haber ayudado. Y disculpen si no es el caso.
Saludos,
Meri
Aportada por:
Abogada laboralista. nieves.perez@madom.es
Trabaja en:
Asesor particular
10.02.11
Buenas tardes:
Aunque la conducta de la trabajador es perfectamente sancionable con el despido, yo os aconsejo que no fueseis por la via del despido procedente, porque como bien han dicho mis compañeros, el despido es la máxima sanción, y si es por un hecho puntual tiene que ser de una entidad suficientemente grave. Asi que yo os aconsejo que intentéis, si no conseguís llegar a un acuerdo con la trabajadora para el despido, que la redactéis un escrito de sanción (mirad el convenio), y así cada vez que tenga una conducta de este tipo u otra sancionable, la volveis a sancionar, así si que se puede llegar al despido procedente. Y, sobre todo, todo lo que habléis con ella siempre por escrito. Y que la MUTUA os haga un informe negando el accidente laboral. Y si habláis con ella, que haya al menos dos testigos. Es decir, teneis que recabar todas las pruebas que podais.
Saludos