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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mercedes De la Torre Puerta

¿Tendrá derecho a que se le declare como asociación de utilidad pública siendo extranjera?

14.11.15

Hola.

Estamos en negociaciones con una Asociación Holandesa que desea establecer una delegación en España y deseamos conocer:

Una vez inscrita la asociación extranjera en el registro de asociaciones del Ministerio del Interior, transcurridos dos años, y acreditando reunir el resto de requisitos legales y reglamentarios, ¿Tendrá derecho a que se le declare como asociación de utilidad pública? o por el hecho de ser de nacionalidad extranjera tendrá vetado este derecho.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alberto González Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Asesor particular

16.11.15

Hola,

Os paso un enlace relacionado con la consulta, por si os resulta de utilidad:

¿Puede una delegación en España de una Asociación extranjera solicitar la declaración de utilidad pública?

Saludos

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

16.11.15

No, entiendo que una delegación de una asociación extranjera no puede solicitar la declaración de utilidad pública, pues el propio Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, establece en su artículo 1 que el Real Decreto tiene por objeto regular los procedimientos de declaración de utilidad pública de asociaciones, así como de las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones. Por lo tanto, no contempla la posibilidad del procedimiento para las delegaciones de asociaciones extranjeras, ni incluso para delegaciones de asociaciones españolas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
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