Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Tendrá derecho a que se le declare como asociación de utilidad pública siendo extranjera?
14.11.15
Hola.
Estamos en negociaciones con una Asociación Holandesa que desea establecer una delegación en España y deseamos conocer:
Una vez inscrita la asociación extranjera en el registro de asociaciones del Ministerio del Interior, transcurridos dos años, y acreditando reunir el resto de requisitos legales y reglamentarios, ¿Tendrá derecho a que se le declare como asociación de utilidad pública? o por el hecho de ser de nacionalidad extranjera tendrá vetado este derecho.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
Trabaja en:
Asesor particular
16.11.15
Hola,
Os paso un enlace relacionado con la consulta, por si os resulta de utilidad:
Saludos
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
16.11.15
No, entiendo que una delegación de una asociación extranjera no puede solicitar la declaración de utilidad pública, pues el propio Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, establece en su artículo 1 que el Real Decreto tiene por objeto regular los procedimientos de declaración de utilidad pública de asociaciones, así como de las federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones. Por lo tanto, no contempla la posibilidad del procedimiento para las delegaciones de asociaciones extranjeras, ni incluso para delegaciones de asociaciones españolas.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.