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Sustitucion de monitores
11.01.19
Buenos días;somos una entidad sin ánimo de lucro, desarrollamos proyectos de apoyo escolar y ocio y tiempo libre con menores en riesgo de exclusión( son una o dos horas al día). Cuando tenemos que sustituir un/a monitor/a un día, hacemos un contrato por obra a la persona que lo sustituye siendo el % de seguridad social muy alto. Existe un tipo de contrato de emergencia para estos casos. ¿Qué porcentaje se pagaría de SS.SS?. ¿Cómo podríamos hacerlo para que la seguridad social no nos penalice?
Respuestas
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
17.12.19
Tienes que dar al monitor de alta con un contrato de obra y servicio y cotizar según lo estipulado en la normativa de seguridad social.