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Consulta formulada por:
¿Son correctas estas suposiciones sobre la declaración de Utilidad Pública?
28.11.17
Hola:
Con fecha 23 de Noviembre aparece en el BOE la declaración de la ONG Cim Burkina, nuestra entidad, como de utilidad pública. Tenemos claro que, a partir de la presentación del modelo 036 a la Agencia Tributaria, las aportaciones realizadas serán a desgravar. Hemos estado viendo por Internet este tema y nos gustaría que aclarasen las siguientes suposiciones:
1 - El ser de utilidad pública “causa efecto” desde que presentemos el modelo 036 a Hacienda.
2 - Si lo hacemos en diciembre, en enero de 2018 deberemos comunicar, mediante modelo 182, todas las aportaciones realizadas en 2017 y todas ellas serán desgravables para quienes las hicieron (las aportaciones de desconocidos ¿cómo se comunican?)
3 - El comunicar a los “socios” el que somos de utilidad pública es recomendable pero no obligatorio.
Muchas gracias por las respuestas.
Respuestas
Aportada por:
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30.11.17
Buenos días
La utilidad publica , se aplica a todo el ejercicio en el que os la dan, es decir que si os la dan en noviembre, fiscalmente se aplica a todo el año la ley 49/2002 que es la que permite a los donantes desgravarse, pero eso si teneis que comunicar en hacienda acogeros a la ley 49/2002.
Y da lo mismo la fecha de alta en hacienda , la ley permite que el régimen fiscal de la ley 49 se aplique a todo el año en el que os dan la calificación de utilidad publica.
Si lo comunicáis en diciembre en enero debéis presentar el modelo 182 con todas las aportaciones de todo el ejercicio 2017.
Las aportaciones de aquellas personas de las que no teneis los datos no se pueden poner en el modelo 182.
El comunicar a los socios que sois de utilidad publica, es conveniente ya que se van a desgravar de sus cuotas, y siempre es conveniente la transparencia de cara a socios y donantes
Espero haberos ayudado
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Respuesta del participante:
30.11.17
Muchas gracias por tu explicación. Según he entendido:
1 - Ya somos de utilidad pública y en 2018 debemos debemos remitir la contabilidad de todo el año 2017 a Hacienda (así como los informes de nuestras actividades durante el año).
2 - En Diciembre generamos el 036 a Hacienda y en Enero comunicaremos el 182 a Hacienda de las aportaciones de todos los donantes de los que tengamos todos los datos (entre ellos la comunidad donde residen). De los que no tengamos, no los comunicamos pero tampoco se podrán deducir.
3 - Si el 036 lo enviamos en Enero nos olvidamos del 182 hasta 2019 pero nadie se desgrava nada.
Muchas gracias, Silvia.