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Consultas Online

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Consulta formulada por:

felipe alves aniceto

Somos una asociación deportiva ¿Necesitamos algún tipo de licencia de apertura?

16.03.15

Hola,

Soy el presidente de una asociación deportiva sin ánimo de lucro. Me gustaría saber si necesito algún tipo de licencia de apertura o algo por el estilo.

Aquí hay socios que ingresan su cuota en el banco de la asociación para pagar alquiler etc,. y estamos dos autónomos a los que la asociación nos paga muy poco y lo declaramos trimestralmente. ¿Necesitamos algo más?

Muchas gracias por su tiempo, un saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

19.04.15

Estimado Felipe: en relación con la consulta plantada, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, vuestra entidad asociativa deportiva tiene como modalidad el Kawang Gae Do, una modalidad de artes marciales.
Si estamos en lo cierto, antes de llevarse a cabo en el domicilio social de vuestra entidad, o, en su caso, en otro distinto la práctica de dicha modalidad deportiva, de suyo, deberá llevar a cabo ante el Ayuntamiento de A Coruña el cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Intervención Municipal en las Comunicaciones Previas, Declaraciones Responsables y en el Otorgamiento de Licencias de Apertura de Establecimientos, al tratarse de una actividad que, teniendo o no un fin lucrativo, impliquen la presencia habitual de personas en un local.
Ello, en uso de las facultades concedidas a esa Corporación Local por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo dispuesto, a los efectos de presentación de una comunicación previa o una declaración responsable o, en su caso, la obtención de licencia inocua para su apertura, deberá personarse en el Servicio Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de A Coruña para el cumplimiento de los requisitos exigidos al efecto https://www.coruna.es/servlet/Satellite?pagename=Urbanismo/Page/Urbanismo-Generica&cid=1208946861707&argIdioma=es&itemID=1208941600624&itemType=Contenido.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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