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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Patricia Pedreira Albertino

Somos una asociación declarada de utilidad publica el año 1996. ¿Estamos obligados a auditar nuestras cuentas ejercicio 2003?

19.01.04

Según el articulo 5 del Real Decreto 1740/2003, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad publica, las entidades obligadas a formular cuentas anuales en modelo normal deberán someter a auditoria sus cuentas anuales. ¿Esta auditoria afecta a las cuentas del ejercicio económico 2003?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

10.02.04

Según establece el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública que entrará en vigor el 13 de febrero del presente, en su artículo 5 punto cuarto, establece que “las entidades declaradas de utilidad pública obligadas a formular las cuentas en modelo normal deberán someter a auditoria sus cuentas anuales y acompañaran a ellas un ejemplar del informe de los auditores, firmado por estos”.
Por tanto, solo si tienen que rendir sus cuentas obligatoriamente en el modelo normal deberán someterlas a auditoria.
Esta respuesta no es vinculante.

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#2

Opinión anónima

10.02.04

Respecto a la obligación de auditar las cuentas del 2.003, aunque la ley no es clarificadora a este respecto interpreto que:
- Si la rendición de cuentas debe hacerse dentro de los seis meses siguientes a su aprobación, es decir, antes del 1 de julio, y esta normativa entra en vigor el 13 de febrero, lo lógico sería pensar que el deber de auditar será para las cuentas del 2.004 y no para las del 2.003.
Esta respuesta no es vinculante.

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