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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mónica Iglesias Inguanzo

Sobre Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales

09.12.20

Buenas tardes:

Queremos preguntar ¿de qué forma puede autorizarse el uso de APP (como Tik Tok) y la difusión por medios digitales (You Tube y redes sociales…) con menores en actividades que desde las entidades realizamos dentro de los centros educativos?. Para el caso de la asociación y también para el centro educativo ¿podrían/mos difundirlas?. Se trataría, claro está, siempre de imágenes obtenidas con las autorizaciones de sus padres. No sabemos qué tendrían que contener exactamente dichos escritos de autorización para el caso de la difusión y si eso bastaría.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Mabel Paola Cueto De La Cruz

Mabel Cueto (IP-PRIVACY®)

Trabaja en:

Asesor particular

09.12.20

Hola, buenas tardes Mónica,

Gracias por tu consulta. Realmente tu duda es muy imporante. Los datos personales que gestionan los centros educativos son datos donde se ven involucrados datos de menores y se gestionan una variedad de estos.

El tratamiento de datos personales de menores de edad es muy delicado y más aun utilizando los medios viruales. Redes sociales, web, etc. Ya que su nivel de difusión es global.

En el tratamiento de datos de menores siempre se requiere de autorización expresa de padres, tutores y quien sea responsable de éstos. Dicho consentimiento ha de ser informado, claro y específico, osea, por cada tratamiento que se pretenda dar.

Un punto interesante en relación a lo anterior, es que si el menor es mayor de 14 años el o la menor puede dar el consentimiento al tratamiento de sus datos sin necesidad de aprobación padres, tutores, etc. Art. 8 del RGPD y Art.7 de la LOPD-GDD. Sin embago, hay negocios jurídicos que aun el o la menor tengan más de 14 años la norma que rige ese negocio en específico exige también la autorización de padres, tutores o quien tenga tutela.

https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-10/GuiaCentrosEducativos_.pdf revisar en especial el apartado C Tratamiento de las imágenes de los alumnos.

Hay que tener especial cuidado en la publicación de imagenes de menores en internet. El documento a través del cual se solicita el consentimiento debe de ser claro y específico y contener todos los derechos con los que cuentan.

Espero que le haya servido de guía estás breves líneas.

Quedo a disposición.

Mabel Cueto
mcueto@ip-privacy.es

solucionesong.org
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