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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva María Zafra Rosa

Sobre nuestras obligaciones fiscales

10.03.10

Nos vamos a presentar a una subvención y estamos pensando en incluir la contratación de una persona que coordine y gestione el programa a desarrollar, que se ocupe de la gestión del voluntariado también.


No estamos registrados en Hacienda ni tenemos exención de IVA. ¿Nos beneficiaría solicitarla?. ¿Al registrarnos para realizar el contrato, tenemos más obligaciones que las de declarar el IVA cada tres meses?


Gracias

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

11.03.10

Hola Eva Mª;


El hecho de contratar un trabajador solo os obliga, fiscalmente hablando, a ingresar las cuotas de la seguridad social mediante modelo TC1 y las retenciones en hacienda mediante modelo 110, nada que ver con el IVA.


El iva estaréis obligados en el caso que hagáis actividad económica o empresarial, para lo cual tendríais que tramitar el alta en la actividad correspondiente mediante modelo 036.


Saludos, Eva

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#2

Opinión anónima

11.03.10

Hola Eva María,


Si vais a contratar a un trabajador por cuenta ajena, es decir, en plantilla, no un autónomo, primero debereis ir a la Agencia Tributaria para solcitar un NIF, así como daros de alta en un epígrafe de IAE. Mod. 036


Luego debeis ir  la Tesoreria de la Seguridad Social y daros de alta como empresarios y solicitar una Código Cuenta de Cotización en la seguridad social.(Mod. TA.6 y TA.7)


Solo entonces podreis contratar a una persona, y luego sí, posteriormente, cumplir con las cotizaciones a las Seguridad Social (TC’s) y de retención fiscal (IRPF-Mod 110 y Mod 190)


Espero haberte aclarado los trámites.


Gracia

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#3

Respuesta del participante:

Eva María Zafra Rosa

12.03.10

Gracias, ahora lo tengo mucho más claro.


Con lo que tengo dudas es en cuanto a los porcentajes y la baremación, para hacer el cálculo de lo que debo pedir en la subvención, pues se me pide que se desglose en salario bruto y gastos de Seguridad Social correspondiente a la empresa; pero supongo que esta información me la darán en la Tesorería de la Seguridad Social cuando presente el modelo y las características del contrato; aún así, si existe una media de baremación o unos porcentajes estipulados agradecería la aclaración.


Saludos

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#4

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

12.03.10

Hola Eva Mª;


No se exactamente cuales son los baremos ni donde estan pero a modo orientativo creo si te puedo ayudar, piensa que si el importe neto a percibir por el trabajador es de 1000 euros, el gasto en  seguridad social estará por los 250 ó 300 €/mes  más el 10% de retenciones (100 €), más la parte proporcional a vacaciones, finiquito y pagas extra pone unos 1/3 del neto (300 €)


Con lo cual el gasto para vosotros sería aproximadamente de unos 1700 € mensuales, si lo necesitas saber con certeza escríbeme a evabuades@riberetaverda.org y te paso el mail del asesor laboral de Ribereta Verda que te puede ayudar mucho mejor que yo.


Saludos, Eva

solucionesong.org
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