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Consulta formulada por:
Sobre la valoración del patrimonio fundacional
11.01.10
Estamos realizando la valoración del patrimonio fundacional y nos surgen las siguientes dudas:
1. ¿Podemos incluir becas de cursos formativos que realizamos a nivel personal para la fundación?.
2. Si una persona física y/o empresa nos facilita un caballo (dentro nuestro objetivos), ¿podemos incluirlo como bien fundacional?
3. ¿Podemos incluir esculturas u obras de arte?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
12.01.10
Salvo mejor opinión, el concepto PATRIMONIO FUNDACIONAL o PATRIMONIO DE LA FUNDACIÓN engloba el conjunto de BIENES y DERECHOS con valoración económica puestos en común de los que es titular la Fundación y que sirven para el cumplimiento de los fines extatutarios de la misma.
Partiendo de la definición anterior, cualquier BIEN MATERIAL o cualquier DERECHO con valor económico puede formar parte del PATRIMONIO de una Fundación. En el concepto BIEN MATERIAL se incluyen los denominados SEMOVIENTES (animales). Asimismo, quedan incluidos las JOYAS, las OBRAS DE ARTE, etc. Independientemente de que estén o no catalogados como Patrimonio Cultural.
Sin embargo, las BECAS concedidas por la Fundación no constituyen un elemento de su PATRIMONIO sino que forman parte de sus FINES ESTATUTARIOS.
Un atento saludo.