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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pedro Mogedas Fernandez

Sobre la inscripción en la AECID

16.02.10

Llevamos ya 2 años en funcionamiento y queremos inscribirnos en el AECID. Y con este fin queremos cambiar la definición de los fines de la asociación que figuran en nuestros estatutos, por los siguientes:


“Los fines de la asociación serán la mejora de la situación social, educativa, cultural, asistencial y sanitaria de colectivos desfavorecidos (minorías étnicas, discapacitados, ciudadanos del 3º mundo promoviendo actividades de cooperación al desarrollo…”.


¿Os parecen adecuados?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Berta Liliana Brusilovsky Filer

Arquitecta, urbanista, cooperación internacional

Trabaja en:

Asesor particular

17.02.10

Estimados amigos, creo que seria mas adecuado poner "paises en vías de desarrollo" y emergentes en su caso,  que poner "tercer mundo", creo que ya no son conceptos que se estan usando para definir a estos paises. Tambien podeis aludir a los colectivos con los cuales quereis colaborar si cabe este apartado. En cuanto a la AECI, sabeis que es ahora la AECID, es decir su nombre alude también a la cooperación al  DESARROLLO.


Un saludo Berta


www.acciondesarrolloigualdad.org

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#2

Opinión anónima

17.02.10

Coincido con mi compañera en cuanto a definir los terminos del acuerdo de modificacion de estatutos, en cuanto al registro en la AECID, en esta misma pagina hay multitud de respuestas escritas con lo que solicitas en cuanto a la inscripcion de vuestra asociacion en la misma.

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#3

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

24.02.10

"Times New Roman";mso-bidi-font-family:Arial;mso-fareast-language:ES”>La ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo 23/1998, de 7 de julio (BOE # 162, de 8 de julio de 1998 en su art 32 dice lo siguiente:


text-align:justify;line-height:12.0pt;background:white”> 9.0pt;mso-fareast-font-family:"Times New Roman";mso-bidi-font-family:Arial;
mso-fareast-language:ES”>A los efectos de la presente Ley se consideran organizaciones no gubernamentales de desarrollo aquellas entidades de Derecho privado, legalmente constituidas y sin fines de lucro, que tengan entre sus fines o como objeto expreso, según sus propios Estatutos, la realización de actividades relacionadas con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo.


text-align:justify;line-height:12.0pt;background:white”> 9.0pt;mso-fareast-font-family:"Times New Roman";mso-bidi-font-family:Arial;
mso-fareast-language:ES”>Bastaría incluir esta última frase del párrafo (en negrita) en los Estatutos para poder inscribirse en el Registro en cuanto a fines de la asociación. Como dice la compañera Berta, es importante mantener una terminología adecuada si vais a añadir otros párrafos en lo concerniente a objetos expresos.


text-align:justify;line-height:12.0pt;background:white”> 9.0pt;mso-fareast-font-family:"Times New Roman";mso-bidi-font-family:Arial;
mso-fareast-language:ES”>Sobre el Reglamento del Registro, podéis consultar los arts 4 y 5 en http://www.boe.es/boe/dias/1999/06/26/pdfs/A24396-24398.pdf Arial;mso-fareast-language:ES”>


text-align:justify;line-height:12.0pt;background:white”> 9.0pt;mso-fareast-font-family:"Times New Roman";mso-bidi-font-family:Arial;
mso-fareast-language:ES”>Saludos JMT

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