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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ASOCIACION TERROGENERO

Si una persona cede de forma gratuita el arrendamiento de un local a una asociación ¿Tiene desgravaciones fiscales?

11.02.16

Hola,

Si una persona cede de forma gratuita el arrendamiento de un local a una asociación ¿Tiene desgravaciones fiscales?

Muchas gracias

Saludos

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

12.02.16

Para poder tener desgravaciones fiscales, en primer lugar, la asociación a la que se cede el local debe estar acogida a la Ley 49/2002 por ser una asociación declarada de utilidad pública o inscrita en el registro de la Agencia Española para la Cooperación Internacional. Si así fuera, por otra parte la persona que cede gratuitamente el local debería expedir una factura a la asociación y posteriormente condonar su importe. Esa condonación sí podría dar derecho a deducción, siempre que, como antes he dicho, la asociación estuviera acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

13.02.16

Buenas tardes.

Una solucion practica, es que vuestro benefactor, os cede el local de manera gratuita y a titulo de precario.

Asi no cobra nada, y obviamente no tributa nada, y si Hacienda pregunta ese contrato de cesion a titulo de precario es plenamente legal, y ademas el dueño puede rescatarlo cuando quiera, pues no esta sujeto a la Ley de arrendamientos urbanos.

Mas en www.jimenezpuertas.com

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#3

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

16.02.16

La opción del alquiler implica impuestos, para el arrendatario y para el arrendador. Creó que es mejor la opción que propone José Antonio

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