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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Henrique Varela

Si una empresa nos dona algo en género, ¿puede desgravar en la hacienda lo que le corresponde?

09.04.18

Hola:

Somos una ONG de Utilidad publica.

Si una empresa nos dona algo en género, tipo una furgoneta, ¿ella puede desgravar en la hacienda lo que le corresponde?

Sería desgravar en los impuestos un 35 %.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

10.04.18

Hola buenos dias.

Si ademas de ser de utilidad publica estais acogidos a la Ley 49/02, si seria deducible el donativo para la empresa donante.

Hay dos formulas. Una a traves de un convenio de colaboracion, en el que seria desgravable el gasto que supone el regalar la furgoneta, y otro a traves de una donacion, en el que el importe de lo donado seria deducible un 35% del importe donado al liquidar el impuesto de sociedades de la empresa.

Para ello al donar, la empresa tendria que emitir una factura de venta, y donar su importe, ya que la furgoneta no puede salir del patrimonio de la empresa sin emitir factura.

Saludos.

Mas en www.sulayr.es

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