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Consulta formulada por:
Si tenemos varias delegaciones ¿qué actas de reuniones son las válidas? ¿que contenido deben tener?
22.11.10
Somos una asociación con 3 delegaciones en diferentes ciudades, las cuales disponen cada una de una Junta Administrativa Local.
Por supuesto tenemos una Junta Directiva Nacional que es el órmgano de representación de los socios a nivel nacional.
Tanto en las reuniones de la Junta Directiva Nacional, como en las reuniones de las diferentes Juntas Administrativas Locales realizamos actas de las reuniones y claro de las Asambleas, tanto locales como nacional.
Mi inquietud es saber a nivel legal, qué actas son válidas como, por ejemplo, para ser requeridas por un auditor, ¿todas, incluidas las de las reuniones de las Juntas Administrativas de las delegaciones de cada delegación? ¿solo las actas de la Junta Directiva Nacional?
Y por otra parte, saber qué contenidos ha de tener inexcusablemente un acta de una reunión de Junta Directiva Nacional.
Nuestra idea es solamente incluir en las actas los acuerdos tomados, pero también saber con precisión cómo elaborar un acta de reunión de la Junta Directiva Nacional.
Gracias por todo
Un Saludo
Juan CArlos Urosas
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Miembro de CEAR-SUR
Trabaja en:
Asesor particular
25.11.10
Hola Juan Carlos;
Las delegaciones para hacerte un simil son centros de trabajo de las asociaciones, la decisiones en dichos centros no tienen ningún requisito normativo de redactarse en Actas, eso son decisiones de funcionamiento.
Los órganos de la Asociación; Junta directiva y Asamblea general si tienen que recoger los acuerdos en libros de actas o reuniones ya que habrá debates y podrán impugnarse y tomas decisones ejecutivas. La obligación normativa es del órgano asambleario.
Indicando tu comunidad podrían consultarte la legislación de aplicación.
Un saludo.