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Si se alquila un local a una Fundación exenta de IVA ¿Tiene que pagar el IVA o el alquiler es el bruto menos la retención?
03.12.13
Hola,
Soy una persona física y voy a alquilar un local a una Fundación perteneciente a Entidad sin ánimo de lucro segun la ley 49/2002. O sea que está excenta de IVA.
¿Tengo que facturar el alquiler con IVA? Sé que tengo que practicar la retención del 21% al alquilar un local para un negocio. ¿Tengo que facturar el alquiler + 21% IVA - 21% retención?
Y la Fundación, ¿al estar exenta del IVA tiene que pagar el IVA o bien el alquiler es el Bruto menos la retención?
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
05.12.13
La Fundación está exenta de repercutir el IVA pero no de soportarlo. Por lo tanto, la Factura deberá de contener el importe bruto de la renta arrendaticia (alquiler) más el IVA repercutido menos la retención.
Quien practica la retención y, por lo tanto, quien está obligado a su ingreso en el Tesoro, es la Fundación. Por esa razón en la Factura aparecerá el IVA repercutido (21%) por usted, sumando y la retención (21%) practicada por la Fundación, restando.
El importe líquido de la Factura coincidirá con la renta arrendaticia (alquiler).
Espero que le resulte de utilidad. Un atento saludo.
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Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
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Asesor particular
05.12.13
Evidentemente si tienes que facturar con IVA, para las entidades exentas el impuesto es un mayor gasto, son consumidores finalistas.
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Asesor particular
05.12.13
Evidentemente si tienes que facturar con IVA, para las entidades exentas el impuesto es un mayor gasto, son consumidores finalistas.
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06.12.13
Es como dices: alquiler +21% IVA -21% retención
Saludos,
Juande