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Consulta formulada por:
Si nos pagan por una actividad realizada, ¿Nos convertirmos en entidad con ánimo de lucro?
19.04.13
Hola,
Somos una asociación sin ánimo de lucro y queremos realizar una intervención en una residencia privada. ¿Si nos pagan por ello tenemos que convertirnos en una entidad con ánimo de lucro? ¿Tenemos que tramitar en Hacienda la actividad económica?
Por favor, necesito ayuda sobre todo lo que debo hacer, ya que somos nuevos y andamos un poco perdidos.
Gracias.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
22.04.13
No sé en qué consiste la intervención, pero parece ser que se trata de una actividad económica, que tendrá unas consecuencias fiscales que habrá que analizar en función del tipo de actividad, en cuanto al IVA y en cuanto al Impuesto sobre Sociedades. Efectivamente, con carácter previo debéis comunicar el alta de la actividad en Hacienda a través del modelo censal 036, así como las obligaciones fiscales que conlleva.
Por lo que respecta a vuestra primera pregunta, el hecho de que cobréis por la actividad económica no supone en absoluto que vuestra entidad pase a ser considera como con ánimo de lucro, siempre que lógicamente se reinvierta el posible beneficio en los fines sociales de la misma.
Espero que os resulten útiles estos comentarios.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
23.04.13
Hola Maria, comparto con mi compañero.
Siempre que se reinvierta el beneficio en la organización no se considera que se tenga ánimo de lucro.
Saludos
Aportada por:
Consultor de Control de Gestión y Profesor
Trabaja en:
Asesor particular
25.04.13
Rápido.
No hay que confundir la ausencia de ánimo de lucro con la presencia de ánimo de pérdida.
Es totalmente legítimo el cobrar por las actividades preparadas para compensar el gasto incurrido en su preparación y realización y también para financiar otras actividades lucrativas de la asociación.
Nos vemos.
Respuesta del participante:
25.04.13
Muchísimas gracias a todos por las respuestas, me han aclarado las dudas que tenía. Es cierto que, en ocasiones, da la sensación de que una asociación sin ánimo de lucro debe funcionar a coste cero o, al menos, a coste de las personas que han iniciado el proyecto.
Saludos.
Respuesta del participante:
07.05.13
Muchísimas gracias por las respuestas, me han sido de gran utilidad. Ahora, lo que necesito es conocer qué legislación regula la actividad económica en asociaciones sin ánimo de lucro.
Un saludo.