Consultas Online
Consulta formulada por:
Si no tenemos la utilidad pública, ¿cuál es la ley en términos fiscales a la que debemos acogernos?
16.03.12
Hola, mi consulta trata sobre la no posesión de la utilidad pública.
Si la entidad no posee dicha mención, ¿cuál es la ley en términos fiscales que ha de acogerse?
Gracias.
Respuestas
#1
Opinión anónima
20.03.12
Al estar incluidos en el ámbito de las exenciones establecidas en el Artículo 9.3 del RDL 4/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, debeis aplicar las normas establecidas en el Capítulo XV del Título VII del mismo Texto, referente al Régimen de las Entidades Parcialmente Exentas.
Saludos,
Fernando Pardo