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Consulta formulada por:
Si la base imponible no supera los 200€, ¿es necesario presentar el modelo 111 de retención de IRPF?
06.07.15
Hola,
Somos una AMPA sin ánimo de lucro y tenemos que hacerle una retención del IRPF a una profesora de inglés en base a las facturas que nos presenta. ¿Tenemos la obligación de presentar el modelo 111 de retención de IRPF si el montante no supera los 200€?
Gracias
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Titulado Mercantil y Auditor de Cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
07.07.15
Desconozco de donde has sacado la limitación de 200 euros que comentas. No sé si es algo de las últimas disposiciones del gobierno sobre el irpf…
Entiendo que estáis obligados a retener y a ingresar esa retención a Hacienda mediante la presentación del modelo que comentas. Ten en cuenta que la profesora autónoma no ha percibido ese dinero cuando le pagas la factura y si tampoco lo percibe Hacienda porque no presentas ese modelo y lo ingresas, os estaríais quedando esa retención de la persona autónoma pudiendo incurrir en una sanción por parte de la Agencia Tributaria puesto que los retenedores sois vosotros.
Saludos.
Excelente
Aportada por:
Responsable Área Laboral
Trabaja en:
Asesor particular
09.07.15
Totalmente de acuerdo con Javier Fernández. Ni la Ley del IRPF ni el Reglamento prevén ese tipo de límite.
Cosa distinta es que sí que existen son unos tipos inferiores para la retención por actividades profesionales, si el colaborador pertenece a alguno de los supuestos previstos. En estos casos, el colaborador es el responsable de saber qué tipo tiene que poner en su factura, si no, el general del 19%.
Saludos cordiales.
Marta Manzano