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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Piris

Si la asociación se registra en otro registro ¿Puede afectar esto a la fecha de constitución de la misma?

13.10.13

Hola,

Vamos a realizar una modificación en los estatutos para cambiar el ámbito de actuación de nuestra asociación y que pase de provincial a nacional, ¿al inscribirse en otro registro puede esto afectar a la fecha de constitución de la misma si el número en el registro varía?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

14.10.13

Hola Eva
Comentarte que una asociacion en principio no necesita inscribirse en el Registro para constituirse, basta con el acuerdo de los 3 socios para que sea valida Por eso la inscripcion no es constitutiva sino declarativa Por tanto aunque os inscribais en el registro nacional no afectaria a la fecha
Un saludo

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#2

Respuesta del participante:

Eva Piris

14.10.13

Muchas gracias por tu respuesta, entonces, si somos una asociación de ambito de actuación en la provincia de Guadalajara y por próximidad, tenemos actuaciones en términos cercanos como es el corredor del Henares, podemos no modificar los estatutos para esto?
En un Municipio en el que queremos hacer un proyecto (control de colonias felinas) solo pueden colaborar asociaciones con un tiempo de constitución, de ahí mi pregunta.
Estamos legalmente constituidos desde el 2010 y en los estatutos, en art.5 creo que es, donde se indica el dimicilio social, también hace alusión al ambito de nuestra actuación, y se indica provincia de Guadalajara, el número que tenemos pertenece a Castilla - La Mancha.No queremos meter la pata, ya que es un proyecto en el que estamos muy interesados pues sería un gran paso para nuestros fines.

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

15.10.13

Hola Eva: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, tal como te traslada mi compañera Teresa, debemos de partir de lo dispuesto en el articulo 5.1. de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, a cuyo tenor: “Las asociaciones reguladas en la presente Ley deberán inscribirse en el correspondiente Registro, a los solos efectos de publicidad.” Así pues, las asociaciones adquieren personalidad jurídica con el acuerdo de constitución formalizado mediante el acta fundacional. El surgimiento de la personalidad jurídica no se hace depender, por tanto, de la inscripción en el Registro de asociaciones correspondiente, ya que ésta, según establece el artículo 22.3. de la Constitución Española y reitera ahora el apartado primero del artículo referenciado, debe practicarse “a los solos efectos de publicidad”, no afectando dicha inscripción registral, ni las modificaciones posteriores, al acuerdo de constitución formalizado mediante acta fundacional.

De conformidad con lo expuesto, la determinación del ámbito de actuación de una entidad asociativa presenta una gran importancia, ya que, en función del mismo, la asociación será de ámbito estatal, autonómico, o, inclusive, a veces, provincial o local. Si respecto al corredor del río Henares, el cual se encuentra distribuido entre las Comunidades Autónomas de Madrid y de Castilla-La Mancha, vuestro proyecto en el mismo se enmarca dentro del ámbito de actuación establecido en vuestros estatutos, en mi opinión, desde el punto de vista jurídico no cabría llevar a cabo ninguna modificación estatutaria al efecto. Cuestión bien distinta sería que el proyecto a desarrollar en el rio Henares estuviera fuera del ámbito de actuación estatutario, es decir, de la provincia de Guadalajara, en cuyo caso sí tendrías que llevar una modificación estatutaria de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Junta de Castilla-La Mancha -https://www.jccm.es/tramitesygestiones/registro-general-de-asociaciones-, si abarcara una provincia de dicha Comunidad Autónoma distinta a Guadalajara, o, en su caso, llevar a cabo los trámites de inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior -http://www.interior.gob.es/asociaciones-24/inscripcion-registral-de-asociaciones-152/inscripcion-de-la-constitucion-de-una-asociacion-153-, si el proyecto asociativo abarcara cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Madrid junto con el ámbito de actuación en la provincia de Guadalajara.
Espero haberte ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

15.10.13

Hola de nuevo,
Efectivamente, coincido con la respuesta de Rafael.
Nada más que adjuntaros una pequeña guía que clarifica el tema del Registro
http://www.fundacionluisvives.org/upload/33/29/Guia_Nac.pdf
Un cordial saludo
Teresa Ferraz

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#5

Respuesta del participante:

Eva Piris

15.10.13

Muchas gracias por las respuestas, como efectivamente la actuación será en la Comunidad de Madrid, optaremos por inscribirnos en el registro nacional y evitar complicaciones.

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#6

Opinión anónima

27.10.13

me llamo Antonio

Hola hemos fundado una asociación , y he puesto que vamos a fomentar deporte adaptado .
la asociación no tiene la palabra minusválido .
mis pregunta son:
- se considera asociación de minusválido.
- puede la asociación ser eventos oficiales.
- como puedo cambiar ámbito de actuación tengo Andalucía y quiero poner España

muchas gracias , soy un novato en esto

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