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Si la aportación inicial de una fundación se hace de forma no dineraria ¿Qué tipo de bienes está aceptando el protectorado?
15.03.17
Hola,
Existe la opción a la hora de crear una fundación de aportar la dotación inicial de forma no dineraria, a través de bienes. Me gustaría saber que tipo de bienes está aceptando el protectorado. Equipos informáticos, mobiliario, y otros objetos que sufren depreciación son aceptados? Cómo se hace la justificación del valor del bien?
¿Se podría aportar como dotación inicial 30.000 euros en acciones?
Por otro lado, si una empresa cede el espacio donde la fundación va a coordinar sus actividades, es decir, el lugar físico u oficina desde donde trabajarán, ¿es posible que la empresa obtenga algún tipo de desgravación? ¿sería a través de una cesión temporal de activos? ¿a través de una donación en especie del alquiler? ¿Existe otra vía?
Gracias
Respuestas
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15.03.17
Hola, para responder a tu pregunta hay que saber a que protectorado o registro te diriges. Como sabes hay unos 50 registros ahora para fundaciones y el tema de la dotación fundacional queda en el subjetivismo del funcionario de turno del protectorado o registro de turno con posibilidad de cambiar de vez en cuando los criterios.
Bienes como los que mencionas, con gran depreciación, no se suele admitir.
Pero una furgoneta para desplazar a personas con discapacidad no te lo admiten en el protectorado del ministerio y en otros, si (comprobado). Material para una clinica dental no lo admiten en Madrid, si en la mayoría (comprobado con la misma tasación). En el nacional admitian hace unos meses plataformas web (registré tres fundaciones) y ahora (sin cambiar la ley) ni siquiera la de Amazon la admitirían, literal. Y nadie me ha explicado los motivos de no considerar una buena web con la que se obtienen recursos, duradera en el tiempo, revalorizable…
En otros casos, de donacion de una empresa hay donde no consideran valorables los intangibles de la sociedad… pero si admiten los derechos de autor, que no admiten por cierto en el nacional…
Eso si, si aportas dinero todo es adecuado, suficiente y apto para realizar las actividades de la fundación, como si con las rentas de 7.500 euros se pudiera hacer algo.
Es decir que si me dices a donde te vas, te podré aconsejar. De los pocos protectorados donde se conserva el sentido común te menciono el de Navarra, Pais Vasco, Canarias, Castilla La Mancha y C León, Madrid… Incluso te contestan al teléfono, te ayudan, te asesoran…
Respuesta del participante:
15.03.17
Gracias Ramón. Tenia pensado ir al registro nacional, ya que la operativa de la fundación es a nivel nacional. ¿Puedes registrarte en la de Madrid aunque óperes a nivel nacional?
Osea que acciones de una empresa como dotación no t aceptan?
Y la desgravación por cesión temporal ?
Gracias!