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Consulta formulada por:
Si empleados de la asociación teletrabajan ¿Cómo pueden cumplir con su deber de registrar su jornada laboral?
04.04.17
Hola,
Por política de responsabiidad ambiental, estamos implantando el Teletrabajo. Los trabajadores/as de la asociación en caso de tener que redactar proyecto, memoria justificativa, etc., se pueden quedar en casa para así evitar desplazamientos.
Trabajamos previamente los objetivos a realizar durante el trabajo desde casa.
Luego nos surge una duda. Existe la obligación legal de registrar la jornada laboral del personal de la entidad. ¿Qué hacemos en este caso? Si lo que queremos evitar son desplazamientos, como podría firmar el registro? Podría al día siguiente, pero nos preocupa que venga una inspección el mismo día que hace trabajo desde casa y pudiéramos tener algún problema.
Ya nos cuentan.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
09.04.17
Buenos días;
Creo que tras las últimas sentencias, incluso de la semana pasada, el empresario tiene la potestad de controlar el tiempo de trabajo de los empleados, pero no la obligación.
En cuanto a cómo hacerlo, depende del modo de trabajo, si hay conexión a internet es relativamente sencillo, en otros casos yo creo que podría valer una notificación de conformidad con el tiempo de trabajo realizado.