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Consulta formulada por:
Si el secretario deja la asociación ¿Debemos presentar los estatutos al Ministerio del Interior con la modificación?
28.05.14
Hola,
Nuestro secretario quiere dejar su puesto en la asociación y salir de la misma.
¿Hay que entregar en el ministerio de interior otra vez para un cambio de junta actas,estatutos y demás? ¿hay que pagar tasas?
En caso afirmativo, ¿qué tenemos que presentar? ¿Se convoca una asamblea extraordinaria para los cambio de papeles y ya está? ¿El nuevo acta lo firma el nuevo secretario?
Gracias y un saludo
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
28.05.14
Hola César
Creo que tu asociación está en la C de Madrid
En tal caso el procedimiento es el siguiente
INSCRIPCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES
(De conformidad con lo establecido con la LeyOrgánica1/2002 de 22 de marzo)
INFORMACIÓN GENERAL:
- Correo electrónico, asociaciones@madrid.org
- Dirección, C/ Gran Vía, Nº 43, 8ª planta, 28013 Madrid.
- La documentación se presenta en el Registro General (c/ Gran Vía, 18, planta baja) o en cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid.
- Teléfono de Información: 012
- Horario de Registro: de Lunes a Viernes de 9 a 14 horas.
INFORMACIÓN ESPECÍFICA:
La asociación deberá inscribir la Junta Directiva cada vez que haya modificaciones en la misma o haya finalizado su periodo de mandato. Deberán aportar la siguiente documentación:
- Solicitud.- Por el representante de la Asociación.
- Certificado de la composición de la Junta Directiva actual de la Asociación extendido por el secretario con el Visto Bueno del Presidente, donde se hará constar los siguientes datos:
Cargo
Nombre y Apellidos si es persona física o Razón Social y Representante si es Persona Jurídica
DNI
Domicilio completo
Fecha Asamblea General en la que fueron elegidos
- Pago de Tasas.- Modelo 030, podrán retirar dicho impreso de liquidación en el expositor de Asociaciones en c/ Gran Vía, 18- planta baja, en c/ Gran Vía, 43-8ª o en la página web de Asociaciones Servicios y trámites
Te adjunto link con modelos
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_InfPractica_FA&cid=1109168013293&idConsejeria=1109266187224&idListConsj=1109265444710&idOrganismo=1142289231982&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pv=1142310188723
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
28.05.14
Hola César de nuevo
Te adjunto guia útil sobre registro nacional de asociaciones si fuese el caso
http://www.enredalicante.org/documentos/guia_registro_nacional_asoc.pdf
Un saludo
Teresa Ferraz
Respuesta del participante:
28.05.14
mi asociacion esta a escala nacional, asi que esta en el ministerio de interior registrada, entonces cada vez que hay cambios de la junta o pase el periodo de cargo hay que entregar papeles con la junta actual
en nuestro caso el puesto de vicepresidente aparece en los estatutos y al no haer nadie que pueda cubrir el puesto (dado que somos ahora 3) pues tendriamos que quitarle
se puede hacer ya todo de golpe, osea modificamos y tambien cambiamos la junta???
gracias
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
30.05.14
César
De acuerdo, entonces si debéis ir al registro nacional pensaba que actuabais a nivel de Madrid
En cuanto al resto deberéis realizar los procedimientos por separado el de modificación de estatutos y elección de nueva junta con los cargos salientes y posteriormente registrar todo en el R nacional de asociaciones
Te he puesto una guia antes. Creo que te puede resultar de utilidad
Un saludo
Teresa Ferraz
Respuesta del participante:
30.05.14
ADJUNTO ESTATUTOS, en principio no podemos hacerlo a la vez???
son necesarios modificarlos???
Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!
Respuesta del participante:
30.05.14
lo he mirado, la junta directiva en general ante el miniterio no tiene costes, los estatutos si (esto ya lo sabia de cuando los modificamos)
esta bien si lo hacemos asi:
-primero hacemos tramite de cambio de la junta directiva dando de baja al actual secretario y poniendo que el puesto de vicepresidente queda vacio y sus funciones las ocupara la junta hasta que se modifiquen los estatutos
-segundo modificamos estatutos y ponemos que el vicepresidente sera algo optativo en la asociacion al igual que los vocales?? por lo que no son necesarios y podemos ejercer en condiciones siendo 3personas
para lo segundo se que pueden tardar un mes, para lo primero hay que esperar respuesta???
gracias por las respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
30.05.14
Cesar,
Según vuestros estatutos en el Artículo 16. Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva, serán cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.
Por tanto deberá ocupar otra persona el cargo hasta la eleccion del nuevo miembro que según consta lo debeis realizar en Junta General
Artículo 22. Requieren acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto:
a) Modificación de los Estatutos.
En vuestros estatutos en el art. 21 regulais en el
Artículo 21. Son facultades de la Asamblea General:
d) Elegir a los miembros de la Junta Directiva
Por tanto:
1.Debeis convocar Junta General para elegir al nuevo secretario
2.Debeis convocar Junta General extraordiaria para modificar vuestros estatutos regulando lo que has comentado de que el puesto de vicep es optativo…
El tema del Registro, dado que vuestro ambito es nacional entonces os debeis dirigir al R Nacional de Asociaciones
Espero haberte ayudado
Un cordial saludo
Teresa Ferraz