Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Francisco Rodríguez Galván

Si contamos con un padrino en la asociación ¿Basta con hacer un escrito de cesión de derechos de imagen?

13.03.15

Hola,

Somos una ONG sin ánimo de lucro y queremos saber que si vamos a contar con un padrino en la asociación ¿Basta con hacer una escrito de cesión de derechos de imagen?

Gracias

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

16.03.15

Buenos días,

la imagen de una persona física (identificada o identificable) es un dato de carácter personal. La ONG deberá informar al “padrino” con arreglo a lo establecido en el art. 5 de la LOPD y obtener su consentimiento antes de captar y difundir su imagen.

Espero haber sido de ayuda.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de