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Consulta formulada por:
¿Se pueden mantener actividades fundacionales si son pagadas por terceros?
19.01.11
Hola,
Si algunas de las actividades previstas para cumplir los fines fundacionales requiere de ser pagada por terceros para su viabilidad, no por los beneficiarios sino vía RSC: ¿es posible mantenerla en los estatutos dentro del apartado de actividades? o bien ¿es mejor indicarla por separado, dentro de un epígrafe de actividades potencialmente mercantiles de la fundación?
¿Qué implicaciones tendría para cada caso?
Muchas gracias de antemano.
Me despido esperando haber planteado la pregunta claramente.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
Trabaja en:
Asesor particular
19.01.11
Las formas de financiación de las actividades no se especifican en los estatutos.
La única característica que tienen que tener es que se consideren de interés general y público.
No tiene mayor implicación.
Un saludo.-