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Consulta formulada por:
¿Se pueden imputar a partidas de evaluación y auditoría los gastos de desplazamiento y alimentación?
07.03.13
Hola,
¿Pueden ser imputados a las partidas de evaluación y auditoria los gastos de desplazamiento y alimentación (de evaluadores y auditores) al margen del coste de dichos estudios? ¿o deben recogerse dichos gastos en el contrato con los auditores y evaluadores? ¿Hay alguna normativa que regule esto?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
11.03.13
Entiendo que tu pregunta no son cuestiones contables, si no mas bien de acuerdos a lo que hayáis llegado con el equipo de auditores, por consiguiente, en función de como los pactarais, en factura o como gastos a reembolsar, aparte de la factura, es como deberás tratarlo.
Opinión anónima
11.03.13
Hola Ricardo yo entiendo que estás hablando de una justificación económica. El coste máximo de la partida es que el te hayan aprobado, y si no negociaste los gastos de desplazamientos con los auditores, tendrás que asumirlos aparte.
No hay ninguna normativa que regule el precio de evaluación de un proyecto. Como mucho la convocatoria regulará el tope máximo de la partida respecto al total del presupuesto. E incluirá todos los gastos de evaluación, incluidos desplazamientos.
Espero haberte ayudado.
Saludos
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
11.03.13
Coincido con las respuestas anteriores, esos gastos deberían estar incluídos en el precio negociado servicio o asumirlos aparte. No es como cuando se repercuten a un voluntario aplicándolos al proyecto del que forman parte.