Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Marisa Montagut

¿Se pueden considerar como donación el importe recibido por publicidad?

07.05.12

Somos una federación y queremos publicar una revista con publicida de otras empresas.

¿Podemos considerar como donación el importe recibido por esta publicidad?

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

09.05.12

Es complicada la pregunta. Considero que si esas cantidadeas no se abonan en el marco de un convenio de colaboración de los previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, no pueden considerarse donativos o colaboraciones esos importes, debiendo considerarse por el contrario rentas procedentes de una actividad económica, sujetas igualmente a IVA.

Según entiendo.

Juan González Martín-Palomino.

avatar
#2

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

09.05.12

Tal y como lo planteas es una actividad mercantil, por consiguiente tiene su correspondiente imputación de IVA y bajo ningún concepto es una donación.

Saludos,

Mariano Romero
info@cuadre-dyg.org

solucionesong.org
Un proyecto de