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Consulta formulada por:
¿Se puede utilizar la cuenta de la asociación para recibir donaciones?
06.06.12
Una asociación en proceso de que nos adjudiquen un CIF para nuestra asociación, por lo que les remitimos esta cuestión:
Soy el fundador y el actual presidente de la Asociación Proyecto los Argonautas.
Me he encargado, además, de la producción del documental Cosas chiquitas; se puede decir que he sido el productor “capitalista”, es decir, el que ha puesto la pasta.
Aparte de mí, también hemos considerado a Proyecto los Argonautas como otro de los productores de la película, ya que:
1- Hemos querido vincular el documental a la Asociación, ya que ambos luchan a favor del mismo colectivo, y porque ambos (Asociación y documental), saldrán beneficiados con esta unión.
2- A partir de ahora, la Asociación va a colaborar en las labores de distribución y difusión del documental, y gran parte de las presentaciones/proyecciones del documental serán organizadas por ésta, y en nombre de ésta.
Con respecto al dinero que ganemos en festivales, será distribuido de la siguiente manera:
- Una parte será donado a la Asociación.
- Como productor “capitalista” que he sido, otra parte me la quedaré yo, para intentar recuperar al menos parte del dinero invertido.
- Y otra parte será entregada como comisión a la directora del documental.
Desde la página web del documental, vamos a dar la opción de que, quien quiera, pueda realizar una donación, destinada a ayudarnos en la labor de difundir y dar a conocer el documental.
Hemos pensado que la cuenta corriente especificada para poder hacer la donación, será la de la Asociación, ya que:
- Como he dicho, hemos querido vincular el documental a la Asociación, estableciendo a la Asociación como uno de los productores.
- La Asociación va a colaborar en las tareas de difusión y distribución.
¿Todo esto es viable? ¿Se puede utilizar la cuenta corriente de la Asociación para recibir donaciones con las que financiar la distribución del documental?
Quedo pendiente de sus noticias,
Muchísimas gracias de antemano y un saludo cordial,
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
06.06.12
Utilizar una cuenta de la asociación para recibir donativos para la asociación es algo totalmente normal y por supuesto legal desde cualquier perspectiva. Ahora bien, la cuestión que se plantea entiendo que es mucho más compleja.
Así, en primer lugar deberemos determinar con exactitud quien elabora, distribuye y difunde el documental, pues quien lo haga estará desarrollando una actividad económica con todas las consecuencias fiscales que ello conlleva: comunicación a Hacienda del ejercicio de tal actividad, obligaciones en materia de IVA, ingresos sujetos al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades en función de que la actividad la desarrolle una persona física (el consultante) o la asociación, posibles retenciones por pagos a trabajadores o profesionales …
De igual manera, deberemos determinar también con exactitud si los importes percibidos por la asociación son realmente donativos, en cuyo caso quedarán fuera del ámbito del IVA y exentos en el Impuesto sobre Sociedades, o, por el contrario, son rendimientos por el ejercicio de una actividad económica, con las consecuencias fiscales que ello conlleva.
En todo caso es evidente, por lo que se indica en la consulta (“con respecto al dinero que ganemos en festivales”), que hay una actividad económica y que tiene que haber algún titular de la misma, no sólo a efectos fiscales sino en todos los ámbitos.
Si realmente fuese la asociación quien desarrolla la actividad, el dinero aportado por “el socio capitalista” debería reflejarse contablemente como un préstamo, siendo conveniente formalizar el correspondiente documento o contrato de préstamo, para justificar posteriormente el abono al “socio capitalista” de esos importes.
Por último, si el dinero que se “dona” a la asociación lo es para difundir ella misma el proyecto, se podría poner en duda que la naturaleza de esa operación sea la de donativo, en cuanto que estos deben ser “puros y simples” y no sujetos a condición como parece ser este caso.
Recordar para finalizar que a efectos fiscales (y en otros ámbitos) las cosas son como son, con independencia del nombre que les queramos dar. Por lo tanto, deberá determinarse con exactitud la verdadera naturaleza de las distintas operaciones y determinarse igualmente el titular de esas operaciones.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
06.06.12
Estimado Juan,
Soy Fernando, la persona que ha realizado esta consulta.
Lo primero de todo, muchísimas gracias por tu extenso mail, tan clarificador, que me ha ayudado a arrojar un poco de luz a este asunto que me traía un poco de cabeza.
Paso a comentarte algunos puntos y a consultarte una posible opción intermedia para que todo quede debidamente dentro de los límites de la legalidad:
-El documental, en un principio, iba a ser algo amateur, pero muy pronto nos empezamos a sorprender por la calidad del trabajo que estábamos desarrollando, y no en vano, ya está teniendo su éxito y está despertando bastante interés. Vamos, en un principio, iba a ser un trabajo entre “amiguetes”.
-A lo largo del año y medio que han durado los trabajos, yo he ido poniendo de mi propio bolsillo todo el dinero necesario para el buen desarrollo del documental. Por aquel entonces, la Asociación todavía no era tal, sino tan solo un grupo de gente comprometida que se dedicada a echar una mano, pero sin habernos constituído juridicamente. Hace ya unas semanas que entregamos los Estatutos en el Registro, estando ahora detrás de conseguir el CIF provisional, por lo que ahora ya sí que podemos empezar a hablar de Asociación, y antes no. Como el dinero que ha salido de mi propio bolsillo ya está invertido, ya es demasiado tarde para poder realizar el préstamo a la Asociación, y que ésta lo gestione.
-En un principio, quise establecer a la plataforma de voluntariado (Ahora ya Asociación), como otro de los productores del documental, con el único objetivo de que tal detalle ayudara a dar publicidad a nuestra plataforma de voluntariado por medio del documental.
-Realmente, hasta el momento, la plataforma de
voluntariado-Asociación no ha hecho ninguna gestión ni ha realizado ningún gasto ni actividad económica vinculada al documental.
Una solución que se me ocurre, es:
1-En vez de que la Asociación empiece a dedicarse a realizar las labores de distribución y difusión del documental, la desvinculamos de tales tareas, y paso a realizarlas yo en calidad de persona física. Por ello, realmente, la Asociación pasaría a ser una especie de productor “honorífico y simbólico”, cuyo único objetivo sería el de establecer lazos no económicos, administrativos o legales con el documental, en pro del beneficio y publicitación de ambos proyectos.
2-Lo único que aportaría la Asociación al documental en calidad de Productor, sería tan solo que el documental pudiera utilizar el Logo de la Asociación en las cajas de los DVDs (Simplemente como valor publicitario), y el realizar labores de publicitación completamente gratuitas a favor del documental (Facebook, blogs, listas de contactos, etc…)
3-Seguiría en pie la idea de establecer un sistema en la web del documental para que, aquel que quiera, pudiera realizar una aportación desinteresada, destinada a la difusión de éste. Utilizaría mi propia cuenta bancaria personal, y yo gestionaría el dinero recibido, como actual encargado de la difusión.
4-Ya que, de esta manera, la Asociación no estaría unida por lazos económicos y administrativos al documental, comprendo que el dinero que pudiéramos ganar en festivales u otras actividades, podría directamente embolsármelo yo mismo, sin utilizar a la Asociación como intermediario.
¿Sería factible esta alternativa?
Quedo pendiente de sus noticias,
Muchísimas gracias de antemano y un saludo cordial,
Fernando
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
13.06.12
Si no me equivo, la actividad económica que pretendéis realizar (o de hecho ya estáis realizando) es de una entidad considerable (elaborar, distribuir y difundir un documental). Supongo que esta actividad ya debe estar comportando unos gastos significativos. Por lo tanto, puesta que esta actividad tienen mucha relevancia fiscal, debéis tener claras desde el principio las ideas, con independencia lógicamente que en un momento dado pueda haber cambios.
Como te decía en mi primer comentario, debemos saber al menos quien es el titular inicial de esa actividad, aunque posteriormente se cambie. Si resulta que el promotor es distinto al distribuidor, igualmente también tenemos que saber con exactitud quienes desarrollan esas tareas, pues ambos serán “empresarios” para Hacienda.
En conclusión, creo que en esta materia, y con la entidad de vuestra actividad, tenéis que tener totalmente las cosas claras, sus enfoques (sin perjuicios de posibles cambios) y no tener tantas dudas y divagaciones, pues algo estáis haciendo mal, aunque sólo sea no darle la importancia que realmente tiene. Creo que vuestra actividad merece o necesita un buen asesoramiento profesional.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.