Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Plataforma Infancia

¿Se puede justificar la contratación de una persona autónoma para trabajos técnicos con cargo al IRPF?

13.02.14

Hola,

Tenemos una subvención con cargo a IRPF y, para el desarrollo y programación de una web, queremos contratar a una persona autónoma. Pensamos que este gasto se podría justificar conforme a “Trabajos técnicos realizados por otras empresas”, pero nos entra la duda de si se puede considerar un gasto derivado de una colaboración prestada por profesionales. Es decir, en el manual se especifica que una colaboración con un profesional no se puede prolongar en el tiempo. Una persona autónoma, ¿se considera como si contratamos a una empresa o como si contratamos a un profesional?

Para facilitaros entender la duda, estoy consultando las páginas 20 y 21 del Manual instrucciones justificación subvenciones IRPF 2013. No tengo todavía el de 2014, pero supongo que no cambiará mucho.

Gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

14.02.14

Opino que sí porque habrá detrás un contrato mercantil que lo soporta y en el que se identifica a la persona, el trabajo que va a realizar, el tiempo y el precio.
Lo plantearía como un arrendamiento de servicios y cumpliendo el resto de especificaciones. En cuanto a tu pregunta sobre su prolongación en el tiempo, lo interpreto como que esa persona está presente en todas las fases del programa como si se tratara de un trabajador más y lo que aquí se hace es encargarle el desarrollo de una parte del mismo.
Atención para que no se interprete como subcontratación, algo que es probable necesite autorización expresa del organismo que concede la subvención.

solucionesong.org
Un proyecto de