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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rosario Gonzalez Atienza

Se puede estar empadronado en una ciudad y tener domicilio fiscal en otra siendo persona fisica

17.05.24

Hola,
Me gustaría saber si es posible seguir empadronado en Madrid por motivos medicos y fijar el domicilio fiscal en Málaga.. No sé si es posible y legal, o qué habría que hacer/ documentación requerida, necesidad de comunicarlo a hacienda, etc.
Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

19.05.24

En relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, el domicilio fiscal, tal como refiere la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (en adelante, AEAT), es aquel lugar que La AAETA tiene como referencia para localizar a las personas físicas y jurídicas; es decir, siempre que la AEAT tenga que contactar con esa persona para enviarle sus notificaciones, se remitirá a esa dirección. A su vez, el domicilio fiscal también determina los impuestos o beneficios fiscales que le corresponden a la persona, o sea, el sistema fiscal que se le aplica. Por lo tanto se tiene que tener en cuenta para hacer la Declaración del IRPF. Dicho lo anterior, para determinar cuál es el domicilio fiscal de una persona, lo primero que hay que saber es si esa persona tiene naturaleza física o jurídica. En el caso de las personas físicas debemos distinguir entre los autónomos y los trabajadores por cuenta ajena: -Los trabajadores por cuenta ajena tienen su domicilio fiscal en su lugar de residencia habitual, o sea, aquella en la que viven de forma continuada. -Los trabajadores autónomos pueden elegir entre tener su domicilio fiscal en su domicilio habitual (si trabajan desde casa) o en el lugar donde llevan a cabo su actividad (locales comerciales, despachos, oficinas, etc). Habida cuenta de que el lugar donde reside de forma habitual una persona física puede no estar en el lugar en el cual está empadronada, la respuesta es afirmativa: el domicilio fiscal puede ser distinto al empadronamiento. No obstante, lo más recomendable es que el empadronamiento coincida con el domicilio habitual, y por lo tanto sea el mismo que el domicilio fiscal. De esta manera, se facilitan ciertos trámites como el pago de impuestos o las propias comunicaciones con la AEAT, que puede emplear el padrón para enviar avisos sobre, por ejemplo, deducciones por vivienda habitual o por alquiler. Espero haberle ayudado. Cordialmente. Rafael Pérez Castillo. rperezcastillo@gmail.com

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