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Consulta formulada por:
¿Se puede emitir un recibí para pagar los servicios de un profesional que ha ofrecido una charla para nuestra asociación?
04.11.15
Hola,
¿Se puede emitir un recibí para pagar los servicios de un profesional que ha ofrecido una charla para nuestra asociación?
¿Se puede justificar el pago con el recibí? ¿Cómo debe ser ese recibí?
Gracias
Saludos
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
05.11.15
Lo más correcto es que el profesional emita factura por los servicios prestados (que deberá incluir o no IVA en función del contenido de la charla). Por otro lado, la asociación deberá practicar retención (al tipo del 15%) sobre los honorarios satisfechos, retención que convendría reflejarla igualmente en la factura. La factura puede también operar como recibí.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
11.11.15
Buenas tardes, tengo una duda sobre lo que ha dicho, ¿me podría explicar el por qué de la retención?