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Consulta formulada por:
¿Se puede destituir al presidente si los demás miembros de la Junta Directiva están de acuerdo?
19.12.16
Hola,
Me gustaría saber cómo se podría hacer en el caso de una asociacion en la que la junta directiva no está de acuerdo con el presidente, ya que él es el único que decide y se está lucrando.
¿Hay posibilidad de destituirlo si los demás miembros de la junta directiva están de acuerdo?
¿Puede el presidente destituir a otros miembros de la junta?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
20.12.16
Buenos días
Lo primero: habría que ver los estatutos de la asociación. Por cómo lo dices, todos los votos de la JD van en contra del presidente, con lo que en muchas actuaciones irían contra lo decidido por la JD (y eso ya es tema de tribunales). Y esa misma JD puede convocar una Asamblea con el fin de destituir al presidente…
Que la JD pueda destituir al presidente o el presidente a otros miembros de la JD, debería venir en los estatutos. Si simplemente pone que los miembros de la JD los elige la Asamblea (mención genérica habitual) queda claro que ni la JD puede destituir al presidente ni el presidente puede echar a miembros de la JD, pues sería competencia de la Asamblea.
Si los estatutos no disponen otra cosa, en principio basta un 10% de los socios para convocar una Asamblea en la cual se puede poner sobre la mesa la destitución del presidente.
Un saludo
PD: si se está lucrando, lo más seguro es que haya apropiación indebida, y eso supera con mucho lo que se puede aconsejar en un foro como este.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
25.12.16
En relación con la consulta establecida, paso a informarles lo siguiente: tal como le traslada mi compañero José María, en primer lugar, ha de estarse a lo dispuesto en la letra h) del apartado primero del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, a cuyo tenor:
Artículo 7. Estatutos.
“1. Los Estatutos deberán contener los siguientes extremos:
h) Los órganos de gobierno y representación, su composición, reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, sus atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados órganos queden válidamente constituidos, así como la cantidad de asociados necesaria para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o de proponer asuntos en el orden del día.”
Del tenor del precepto legal expuesto, deberán ser los estatutos de vuestra entidad no lucrativa como manifestación de la potestad de autoorganización los que deban establecer las causas de destitución del Presidente de la Junta Directiva así como de otros miembros de dicho órgano de representación.
Al respecto, y de forma ilustrativa, por medio del presente le remito en archivo adjunto los estatutos asociativos de una entidad no lucrativa donde aparece recogido en su art. 19.8, el cese de los miembros de la Junta Directiva.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
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