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Consulta formulada por:
¿Se puede deducir algo una entidad por una donación en especie?
15.06.12
Somos una entidad declarada de Utilidad Publica y acogida al Regimen fiscal especial de la Ley 49/2002. Una entidad nos va a donar preservativos. Se puede deducir algo por esta donación? ¿De que manera? ¿Cómo? ¿Entiendo las deducciones por donativos dinerarios pero este tipo de donativos?
Mil gracias por su ayuda!!
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Economista - Asesor Fiscal
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Asesor particular
18.06.12
Raul:
Las donaciones pueden ser tanto dinerariAs como en especie. Surten exactamente los mismos efectos.
En las donaciones en especie, a veces suele complicada su valoración.
En el caso de que los hayan comprado específicamente para realizar la donación, el valor de la factura de compra servirá como valor de la donación.
En otro tipo de casos, habriá que buscar una fórmula logíca de valoración.
Deberis presentar anualmente en Hacienda el impreso 182, donde se indican todos las donaciones recibidas durante el año. Para que ellos puedan aplicarse los beneficios fiscales en su momento.
Un saludo
Jose Luis
Excelente
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
18.06.12
Hola, siempre que estéis declarados de utilidad pública, el donante podrá desgravarse la donación en el impuesto de sociedades. La valoración, en la mayoría de los casos suele ser facilitada por el donante, y mientras que esté dentro de lo que se puede considerar “razonable” sería el valor de la donación.
Saludos,
Mariano Romero
info@cuadre-dyg.org