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Consulta formulada por:
¿Se puede contratar al Presidente de una ONG?
11.05.10
¿Sería posible contratar al Presidente de una ONG para impartir clases a las personas inmigrantes?
Muchas gracias
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
12.05.10
Hola
Primero habria que ir a los estatutos de la entidad, y si no dice nada al respecto, dado que la normativa no establece prohibición explicita, no hay inconvenienta en que reciba remuneración por la prestación de servicios sobre esa actividad en concreto DAR CLASES. Lo que no puede es obtener remuneración por su cargo como presidente dado que su puesto en este sentido es honorífico.
De todas formas habría que ver si es esencial que dicha persona sea la que de las clases y no contratar a una persona. Lomás impotante es actuar con principios de transparecia.
Muchas gracias
Teresa
Excelente
Aportada por:
Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com
Trabaja en:
Asesor particular
12.05.10
si lo aprueba la Asamblea, no hay ningún problema, la remuneración será por una prestación de servicios por cuenta ajena o propia, el cargo de presidente es honorífico.
unicamente hay que prestar atención a la procedencia de los fondos para pagar el sueldo, en la mayoría de las ocasiones no se puede utilizar el dinero de subvenciones para estas cuestiones.
un saludo,
Excelente
Aportada por:
Colaborador área jurídica
Trabaja en:
Asesor particular
12.05.10
El art. 21 de la Ley de Asociaciones establece que aunque el cargo sea de caracter gratuito, no es obstáculo para que exista una relación laboral, ja sea prestando servicios profesionales o en condiciones de especial dedicación.
Excelente
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
13.05.10
Por lo tanto la respuesta es que SI se le puede contratar, salvo que vuestra normativa interna lo prohiba.