Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Se puede cambiar el CIF para tener independencia fiscal, aunque continúe siendo filial?
22.10.13
Hola,
¿Se puede cambiar el CIF para tener independencia fiscal, aunque continúe siendo filial?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
22.10.13
Hola
El término filial hace referencia a empresas mercantiles: Se trata de la creación de una compañía mercantil de acuerdo con las normas españolas, con aportación del capital por parte de una empresa matriz domiciliada en el extranjero, siendo una persona jurídica independiente, con personalidad jurídica propia distinta de la matriz. Las filiales, aunque son sociedades con capital extranjero, son consideradas como residentes a todos los efectos.
Por tanto, le ruego concrete mejor la pregunta para q le pueda ayudar
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
22.10.13
Hola,
Te hago una breve descripción de sucursal, filial y representación.
Empresa Filial:
Una empresa puede crear una empresa filial o dependiente en España. Solo o bien con la participación de socios. La empresa filial tiene personalidad jurídica y capital social propios, separados la empresa que le dio la vida. Responde de sus obligaciones, responsabilidades o deudas, con su capital, es decir, no afectan al patrimonio de la empresa que la creó.
Los trámites administrativos necesarios para crear una empresa filial son iguales a los exigidos para crear de cualquier otra empresa, en casi todo.
Cuando una empresa de otro país crea una empresa filial en España, la empresa filial se considera residente en nuestro país a todos los efectos: por ejemplo en materia de impuestos, seguridad social, inscripción en registros administrativos entre otros.
Sucursal:
Una sucursal es un establecimiento que forma parte de tu empresa. No tiene personalidad jurídica separada, tampoco cuenta con un capital propio. Las empresas que establecen sucursales responden con su patrimonio de las obligaciones, responsabilidades o deudas de estas.
Las sucursales tienen capacidad para realizar actividades económicas en nombre de la empresa de la que forma parte y normalmente autonomía de gestión.
Los trámites para establecer una sucursal son parecidos a los necesarios para la creación de una nueva empresa con algunas excepciones.
Oficina de representación y representante:
Son establecimientos que forman parte de la empresa, es decir, de su organización. No tienen personalidad jurídica propia, tampoco cuentan con un capital social distinto. La empresa que establece una oficina de representación es responsable por las obligaciones o deudas de esta.
Normalmente la empresa que establece una oficina de representación otorga poderes a un representante. Este actúa en su nombre, usando la oficina. Estas oficinas carecen de un órgano de administración formalmente establecido.
Las actividades de la oficina de representación suelen estar limitadas. Generalmente realizan actividades de coordinación, colaboración, estudios de mercado, pero no otras actividades económicas.
Un saludo
Teresa Ferraz
Opinión anónima
23.10.13
Si hasta ahora la ONG tenia una sucursal pero ahora quiere ser independiente fiscalmente, ¿puede conservar el nombre aunque se cree una filial (en caso de que esto sea la formula para las ONGs)? Y en ese caso, quien da los pasos para ello, la ONG principal o la filial?
Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
Trabaja en:
23.10.13
Hola,
La ONG que ha formulado esta consulta nos envía el siguiente comentario:
“En caso de que se quiera constituir una filial, (suponiendo que eso se pueda hacer como ONG), para poder ser independiente fiscalmente, ¿se puede conservar el nombre? ¿como hay que hacerlo?
gracias”
¡Saludos!
Aportada por:
Asesora jurídica en Dº Laboral, RRHH, RRLL y Dº Consumidores
Trabaja en:
Asesor particular
23.10.13
Hola,
Si ahora queréis que haya dos cif distintos; uno para la sede central, (por llamarlo de alguna manera) y otra para vuestra delegación, entiendo que no habría problema.
Lo primero es acordarlo así en la asamblea general, o junta directiva, o en aquel órgano que conforme a vuestros estatutos tenga la capacidad de decidir un asunto de esta naturaleza.
Lo siguiente es acudir a vuestra delegación de hacienda para presentar la documentación correspondiente, normalmente os pedirán los estatutos, el acuerdo anterior y el modelo de hacienda correspondiente.
Os sugiero que os acerquéis a a delegación de hacienda para que allí os amplíen la información y os den los modelos de solicitud necesarios.
Espero haber ayudado,
Un saludo,
Aportada por:
Asesora jurídica en Dº Laboral, RRHH, RRLL y Dº Consumidores
Trabaja en:
Asesor particular
23.10.13
Hola,
Si ahora queréis que haya dos cif distintos; uno para la sede central, (por llamarlo de alguna manera) y otra para vuestra delegación, entiendo que no habría problema.
Lo primero es acordarlo así en la asamblea general, o junta directiva, o en aquel órgano que conforme a vuestros estatutos tenga la capacidad de decidir un asunto de esta naturaleza.
Lo siguiente es acudir a vuestra delegación de hacienda para presentar la documentación correspondiente, normalmente os pedirán los estatutos, el acuerdo anterior y el modelo de hacienda correspondiente.
Os sugiero que os acerquéis a a delegación de hacienda para que allí os amplíen la información y os den los modelos de solicitud necesarios.
Espero haber ayudado,
Un saludo,
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
23.10.13
Hola de nuevo
En relación a la pregunta que habéis trasladado a Blanca, comentaros que NO podéis tener otro Cif; el cif es único y para toda la vida de la asociación hasta q se extinga, es como el “DNI” de la actividad eca de la asociación, que te identifica frente a terceros por ejemplo a la hora de beneficiarios de una subvención, concurso público, contratos de compraventa etc…
En las empresas mercantiles se apertura otro cif cuando la actividad económica va a ser distinta. Por ejemplo limpieza y construcción.
Sólo por tener un centro de trabajo en otra CC AA no te habilita para solicitarlo.
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
http://www.consultoriadefundaciones.es/
Trabaja en:
31.10.13
Os sugiero que constituyáis otra asociación con el nombre de la actual y un “apellido” por ejemplo, la provincia donde opera.
Alungas entidades utilizan como nombre, por ejemplo, “Capítulo en Toledo de… El nombre de la asociación”.
Saludos,
Juande