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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
¿Se puede aportar como dotación un ingreso en cuenta a nombre de la fundación pero en un banco en Portugal?
21.05.14
Hola,
¿Se puede aportar como dotación un ingreso en cuenta a nombre de la fundación pero en un banco en Portugal?
¡Gracias!
Respuestas
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Aportada por:
Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com
Trabaja en:
Asesor particular
05.06.14
No hay ningún problema, la Ley especifica que se ha de acreditar en el acto de constitución ante notario y el artículo 5 del Reglamento, bajo la rúbrica «Acreditación de las aportaciones a la dotación», establece que la acreditación ante el notario autorizante de la escritura de la realidad de las aportaciones dinerarias a la dotación se efectuará mediante certificado de depósito de la cantidad correspondiente a nombre de la fundación en una entidad de crédito, sin que el depósito pueda ser anterior en más de tres meses a la escritura pública.
Basta pues aportar a la escritura el certificado del banco.
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Opinión anónima
05.06.14
Buenas,
Aunque es una situación un tanto curiosa y que os recomiendo evitar, creo que no hay nada que lo prohiba. De todas formas, como la aportación a la dotación debe acreditarse notarialmente, yo lo confirmaría con el notario antes de hacerlo.