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Consulta formulada por:
¿Se debe declarar el IVA estando tramitando la solicitud de exención?
17.05.07
Hemos constituido nuestra entidad, tenemos los estatutos registrados y por tanto, personalidad jurídica. Al solicitar el CIF, hemos aprovechado para pedir también la exención del IVA (artículo 20.3 de la Ley 37/1992 del IVA) ya que la entidad cumple los requisitos para ello.
Cuando concedan la exención del IVA, no se tendrá que hacer ninguna declaración (ni la trimestral ni la anual) pero mientras se espera la respuesta y aún habiendo solicitado la exención tenemos dudas de si tenemos obligación de hacer la declaración del IVA del trimestre. En caso afirmativo, ¿tendríamos que hacer también la entrevista anual?
Muchas gracias.
Respuestas
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Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
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Asesor particular
19.05.07
Mientras no tengais concedida la exencion del IVA teneis que presentar las declaraciones trimestrales y el Resumen anual
Se pueden presentar Sin actividad, si es que no teneis importes cobrados o pagados de IVA
Saludos
Opinión anónima
21.05.07
Estimada María,
Me adhiero a lo manifestado por el compañero Ramón. En principio debes esperar a que te concedan la exención y mientras tanto debes cumplir con tus obligaciones tributarias.
Un saludo
Aportada por:
Funcionaria de la AEAT en excedencia y asesora fiscal ,contable y laboral en la actualidad.
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Asesor particular
21.05.07
Mientras se tramita la exención del iva existe la obligación de presentar los correspondientes modelos 300 así como el resumen anual del referido impuesto.Será la respuesta de la AEAT concediendo la exención del iva la que exima de las citadas obligaciones.