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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Gabriel Marinero San Miguel

¿Se debe cobrar IVA a los residentes de un geriátrico que gestionará en primer lugar un Ayuntamiento y posteriormente nuestra entidad?

24.07.08

El Ayuntamiento ha puesto en marcha un geriátrico que gestionará durante un año y posteriormente alquilará a una entidad (previsiblemente a la nuestra).

No sabemos si debemos cobrar IVA o no a los residentes del geriátrico, y hemos consultado a la Agencia Tributaria y te dicen escuetamente: “si es un negocio lleva IVA”. Hemos preguntado en algún Ayuntamiento que lleva un geriátrico directamente y nos dice que no cobran IVA por decisión municipal. Nuestro Ayuntamiento me dice que normalmente no cobra IVA por ningún servicio, salvo para el agua, de la cual ellos no son gestores, pero si recaudadores.

Creo que nos interesa cobrar IVA a los residentes geriátricos porque vamos a pagarlo en los insumos y servicios externos y además porque si hay intención de traspasarla en 12 meses luego es muy duro pedir el IVA, si antes no se pedía. ¿Podéis aclarárnoslo?

Muchas gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

04.08.08

Toda prestación de servicios lleva aparejada IVA, así lo establece el artículo 4 de la Ley 37/1992 del IVA.
Cuestión distinta sería que su entidad tuviera exención de IVA de asistencia social (artículo 20.8 LIVA). En este caso, no podría cobrar IVA a los residentes del geriátrico.
Por tanto, deberán mirar si su entidad ha solicitado la exención en este impuesto y si es así, no podrá repercutir IVA; si por el contrario, no tienen exención podrá repercutirlo.
Recordarles que deberán darse de alta en el IAE para esta actividad y comunicar a la Administración Tributaria su obligación de realizar las trimestrales de IVA y el resumen anual (lógicamente, esto último, si no se les ha concedido exención de IVA).
Esta respuesta no es vinculante.

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