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Consulta formulada por:
¿Sabéis de alguna entidad o persona que pudiese revisar el estatuto de una nueva asociación?
02.07.13
He escrito el estatuto de la asociación que quiero crear con unos amigos.
¿Sabéis de alguna entidad o persona con la que pudiera contactar para que nos lo revise antes de registrar la asociación?
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
03.07.13
Los estatutos de una asociación deberán contener los siguientes extremos:
•a. Su denominación y domicilio; así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades.
•b. La duración, cuando la asociación no se constituya por tiempo indefinido.
•c. Los fines y las actividades de la asociación, descritos de forma precisa.
•d. Los requisitos y las modalidades de admisión y baja, sanción y separación de los asociados y, en su caso, sus clases. Podrán incluir también las consecuencias del impago de las cuotas por parte de los asociados.
•e. Los derechos y las obligaciones de los asociados y, en su caso, de cada una de sus distintas modalidades.
•f. Los criterios que garanticen el funcionamiento democrático de la asociación.
•g. Los órganos de gobierno y de representación; su composición, reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, sus atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados órganos queden válidamente constituidos, así como el número de asociados necesario para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o de proponer asuntos en el orden del día.
•h. El régimen de administración, contabilidad y documentación, así como la fecha de cierre del ejercicio asociativo.
•i. El patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se podrá hacer uso.
•j. Las causas de disolución y el destino del patrimonio en tal supuesto, que no podrá desvirtuar el carácter no lucrativo de la entidad.
Los estatutos también podrán contener las disposiciones y condiciones lícitas que los promotores consideren convenientes, siempre que no se opongan a las leyes ni estén en contradicción con los principios que configuren la asociación.
Un saludo
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
04.07.13
Marcos,
como asesores estamos varios abogados que podemos revisar los estatutos de tu asociación. Las tarifas pueden ser distintas, consulta al que te ofrezca más confianza.
Saludos,
Opinión anónima
10.07.13
Estamos a vuestra disposición en Grupo ASAS, soy Jorge Ruiz Director Comercial mi teléfono de contacto 608938273 y mi correo jruiz@grupoasas.es
Un cordial saludo.