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Consulta formulada por:
Riesgos laborales
12.09.22
Somos una ONG con 2 trabajadoras, hemos elaborado un protocolo de riesgos laborales, pero ¿es necesario que tengamos un seguro y realizar reconocimientos médicos?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
12.09.22
Hola Eva
No sólo debéis tener un protocolo sino un plan de prevención de riesgos laborales Los únicos que no tienen obligación son los autónomos sin empleado (solo deben de informar)
Para empresas de menos de 30 trabajadores te sugiero que te pongas en contacto con prevención 10 Es un servicio gratuito puesto a disposición
Te adjunto el link
Texto del enlace…
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
12.09.22
Perdona es hasta 25 trabajadores no 30
Cualquier cosa me preguntas
Teresa Ferraz
Respuesta del participante:
13.09.22
Muchas gracias Teresa.
Pero es necesario que hagamos reconocimientos médicos y que tengamos algún tipo de seguro. Te comento, somos una ONG, con solo dos trabajadoras, que teletrabajan y apenas trabajan dos horas al día.
Gracias
Aportada por:
Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.
Trabaja en:
Asesor particular
13.09.22
Buenas tardes,
En relación con los reconocimientos médicos, estáis obligados a ofrecérselos a vuestras empleadas, en virtud del art 22 de la ley de prevención de riesgos laborales. Dado que se trata de puestos administrativos, no son reconocimientos médicos de carácter obligatorio, por lo que ellas pueden declinar dicho ofrecimiento, en cuyo caso debéis recabar dicha negativa por escrito.
Un saludo
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
14.09.22
Hola Eva
Dentro de las obligaciones del empresario está la evaluación de riesgos Como veo que son teletrabajadores deberán realizarlos ellos quizá con ayuda del servicio de precio ajeno o formarles para que sean capaces de evaluar sus propios riesgos
Por otra parte está la vigilancia de la salud aquí entran los reconocimientos médicos
El reconocimiento médico será el adecuado al puesto de trabajo de que se trate. La empresa estará obligada a realizar reconocimientos médicos antes de la admisión y reconocimientos médicos periódicos a todos los trabajadores a su servicio al menos una vez al año. Los reconocimientos periódicos posteriores al de admisión serán de libre aceptación para el trabajador pero a requerimiento de la empresa, deberá firmar la no aceptación cuando no desee someterse a dichos reconocimientos.
Los reconocimientos médicos se realizarán dentro de la jornada laboral o el descuento del tiempo invertido y su coste económico no recaerá sobre el trabajador
.La vigilancia de la salud solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, a excepción de las siguientes circunstancias, previo informe de los representantes de los trabajadores:
a) Donde conste que los reconocimientos médicos sean imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
b) Para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él, para el resto de trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa.
c) Cuando esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades especialmente peligrosas
Además sería conveniente que tuvieras implantado un protocolo de desconexión digital quizá más adelante por si se amplía por ejemplo la jornada ya que en principio prestan servicio solo dos horas
Cualquier cosa me dices
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
14.09.22
Se acaba de aprobar el manual para la elaboración de la evaluación de riesgos ergonómicos y psicosociales Texto del enlace…