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Consultas Online

Consulta formulada por:

José Manuel Ramírez Viera

Retención modelo 115 y 180 año 2022

24.09.24

Buenas tardes,

En el año 2022 nos concedieron una subvención de 10.000€ para gastos de alquileres y comida en la asociación, nos dedicamos a acompañar a chicos ex tutelados hasta su indenpendencia.
El problema es que era imposible que nos alquilaran nada porque desde que decía para el fin que era te cerraban la puerta en las narices, al final alquilé una vivienda a mi nombre como presidente, después de meses y a la hora de presentar la justificación pudimos cambiar el contrato y añadir que era para la asociación ya que si no, no me aceptaban la justificación, pues bien, ahora 2 años después me piden esos impuestos que no se presentaron por desconocimiento, ya no tengo relación con la propietaria ya que terminamos como el rosario de la aurora, al no tener más pisos metí muchos chicos para no dejarlos en la calle.
Gracias a Dios hoy esta resuelto, pero debemos salvar ese problema ya que nos piden reintegrar toda la subvención, hablé con la técnico y me indica que si consigo buscarle encaje legal con alguna jurisprudencia o sentencia de algún juzgado me lo aceptaría pero no encuentro nada, por favor alguién que haya pasado esta situación me podría ayudar. Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

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25.09.24

Aquí hay algunas sentencias y principios legales que podrían ser relevantes para tu caso:

Principio de buena fe: En varias sentencias, el Tribunal Supremo ha flexibilizado criterios en materia de arrendamientos, considerando la buena fe como un principio fundamental. Por ejemplo, en la sentencia 475/2018, se flexibilizó el criterio de subrogación de alquileres de renta antigua por fallecimiento, destacando que la buena fe debe prevalecer en situaciones donde la rigidez de la ley podría resultar injusta.
Rebus sic stantibus: Este principio permite la revisión de contratos cuando las circunstancias cambian de manera imprevisible y extraordinaria. Aunque se aplica principalmente en contratos privados, podría ser un argumento para justificar la modificación del contrato de alquiler a nombre de la asociación debido a las dificultades encontradas.
Jurisprudencia sobre subvenciones: No encontré una sentencia específica sobre subvenciones para alquileres y comida en asociaciones, pero podrías buscar en el CENDOJ (Centro de Documentación Judicial) del Poder Judicial de España, que es una base de datos de jurisprudencia. Aquí podrías encontrar casos similares que te sirvan de referencia.

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