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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Merce Miguel

Renovación de la junta directiva y asamblea de socios de carácter anual

06.11.06

En febrero del próximo año se renueva la junta directiva de nuestra asociación y la próxima semana tenemos la asamblea de socios anual.

Somos una ONG con 450 socios y nos gustaría que nos aclaraseis las siguientes cuestiones:

  • ¿Cuál es el procedimiento a seguir para convocar elecciones?
  • ¿Qué documentación e información debemos mandar a los socios?

  • En caso de haber candidaturas ¿cómo deben tratarse?.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

06.11.06

¡Hola Merce! normalmente, las cuestiones relativas al funcionamiento interno de una asociación suelen estar establecidas en los Estatutos y desarrolladas en el Reglamento de Régimen Interno, cuando lo hay. Así pues, el procedimiento a seguir es el que se encuentra establecido en vuestros propios Estatutos. No obstante, el procedimiento no suele variar mucho de unas asociaciones a otras: se prepara una convocatoria con los diferentes puntos a tratar, se elaboran informes y memorias sobre los mismos, se publica la convocatoria de asamblea anual y/o se le hace llegar a todas las personas asociadas, se establece un plazo para la presentación de propuestas y, en su caso, de candidaturas y … a reunirse, discutir y hacer avanzar la entidad.
Espero haber sido de utilidad

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#2

Muy buena

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

06.11.06

Hola, Mercè,

como dice Pepa, el procedimiento debe constar en los estatutos. Básicamente, se trata de poner fecha, avisar con suficiente antelación a todos los socios y enviarles por carta el orden del día de la asamblea, con sus puntos a tratar.

También se pueden nombrar, si se conocen, los candidatos a ocupar los puestos directivos; estos mismos candidatos deberían darse a conocer a los socios y comunicarles sus propuestas de alguna manera, previa a la asamblea, si así lo desean.
En la asamblea se facilitará a los socios la memoria del ejercicio anterior y los balances económicos, para someterlos a su aprobación. También se les comunicarán las novedades de la entidad, los avances en sus objetivos y sus logros, así como posibles cambios en su equipo humano, proyectos, etc.

Un saludo cordial.

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#3

Opinión anónima

06.11.06

UNA DE LAS FORMAS MAS COMUNES ES NOMBRAR UN COMITE ELECTORAL, DADO LA CANTIDAD DE SOCIOS QUE TIENEN,DE ESA MANERA USTEDES, PODRAN VERSE REALMENTE REPRESENTADOS EN UNAS ELECCIONES TRANSPARENTES. DE HECHO ESAS APUTAS DEBEN FIGURAR EN SUS ESTATUTOS. A SUS SOCIOS DEBEN HACER LLEGAR LA RELACION DE CANTIDADATOS Y EL ACTA DE LA ASAMBLEA EN LA QUE SE APROBO TODO ESTE PROCESO. REFERENTE A LAS CANDIDATURAS DEBE HABER REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS , TALES COMO ESTAR AL DIA EN LAS REUNIONES O EN LAS CUOTAS SI ES QUE LO HUBIESE ENTRE OTROS TAMBIEN LA ANTIGUEDAD PARA OCUPAR CIERTOS CARGOS DE DECISION.
ESPERO HABER CONTRIBUIDO SOBRE TUS DUDAS.

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#4

Muy buena

Aportada por:

Bertha Argueso Herrmann

Protectora de animales y plantas

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.06

1) Informar a los socios de las proximas elecciones, con su calendario electoral, etc. para que puedan si lo desean presentarse.
2) El presidente en funciones convocar, en caso necesario, asamblea para que los candidatos puedan exponer su programa a los socios.
3) El presidente en funciones convocar la asamblea general extraordinaria, con el unico punto del orden del dia de la votacion.

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#5

Opinión anónima

07.11.06

Hay que estar a lo que se dicte en los estatutos de la asociación, den tanto al caracter temporal de los cargos como al caracter elector de los mismos y la forma de elegir los miembros, siempre que no vulneren los criterios constitucionales ni los principios emanados en las leyes electorales españolas

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#6

Opinión anónima

08.11.06

Efectivamente, como dicen los compañeros, debeis de atender a los estatutos y al reglamento interno (en caso de que exista) para responderos a las preguntas planteadas: procedimiento, plazos, candidaturas, etc, etc.

Si una vez lo hayais consultado os aparecen dudas, podeis volver a plantearlas en este foro.

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#7

Opinión anónima

15.11.06

Que tal estimada Merce.

Debe regirse a lo que establecen sus estatutos, pero dada la cantidad de socios debe tener en cuenta los siguientes pasos.

1.- En la Asamblea anual puede anunciar la fecha de apertura de candidaturas y la fecha para elegir el TRIBUNAL ELECTORAL, debe recordar que el Sindico preside ese tribunal.

2.- No olvide que primero se elige el Trinunal en una Asamblea extraordinaria, es decir un sólo orden del día.

3.- El Tribunal inscribe las listas, pero previamente se ponen de acuerdo si se va a votar con papaeletas o voto cantado persona a persona.

4.- La documentación de las actividades que han hecho en el período ejecutivo se lo hace llegar posterior a la Asamblea anual o en la misma.

5.- Sobre documentación se necesita que se acerquen a sufragar con el documento de identidad.

6.- Deben imprimirse las actas y deben ser firmadas con sus respectivas firmas y rúbricas, para constrancia que asistieron, lo miembros del tribunal dan fe al inicio y al final del proceso electoral.

7.- No deben olvidar que al momento de publicar la fecha de elecciones se debe poner la hora que empieza y lña hora que termina el proceso elctoral.

Por lo general esos son los pasos que se utilizan de acuerdo al procedimiento parlamentario.

Si algo se me escapa de antemano me disculpo

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