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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
Registramos y dimos de baja la asociación hace meses. Para activarla de nuevo ¿Debemos empezar todo el proceso de nuevo?
11.05.17
Hola,
Hace meses dimos de alta en el registro una asociación, pero a los seis meses por circunstancias tuvimos que darla de baja en el registro nacional.
Esas circunstancias han cambiado, entonces queríamos saber si hay que volver a empezar todo el proceso de constitución o hay alguna forma de que el ministerio nos permita activar de nuevo la asociación.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
13.05.17
Estar o no inscritos no es un problema para funcionar como asociación.
Conforme a la Ley Orgánica 1/2002, la constitución de una asociación se produce mediante el otorgamiento, en documento público o privado, del acta fundacional donde se recogen el acuerdo de constitución y los estatutos de la asociación. Es decir, legalmente la asociación existe desde el momento en que los socios sesionan en asamblea fundacional, levantan acta de la misma y se dotan por escrito de reglas de funcionamiento.
A partir de ese instante la asociación adquiere su personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar “sin perjuicio de la necesidad de su inscripción a los efectos del artículo 10” (artículo 5.2).
Así, la inscripción registral es opcional y sus efectos se limitan a la mera publicidad respecto de terceros.
Con la información que facilitas en la consulta, pareciera que en su día os constituisteis legalmente, solicitasteis la correspondiente inscripción en el Registro y posteriormente solicitasteis la baja del mismo.
La baja, de por sí, no anula vuestra condición de asociación legalmente constituida, por lo que en teoría como asociación no inscrita podríais seguir trabajando e incluso solicitar de nuevo el alta en el Registro.
Tan sólo hay un problema: lo mismo que el Registro no crea a las asociaciones, tampoco las disuelve, ya que se limita a recibir y custodiar la documentación de los actos que se le notifican. Por lo que, cuando solicitasteis la baja, ¿os disolvisteis antes?: Es muy probable. Y si así fuera, en ese caso se trataría de una nueva asociación y tendríais que empezar de nuevo.