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Consultas Online

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Consulta formulada por:

MARIA TERESA BALLESTER BARRIO

Régimen de Voluntarios

24.06.20

Buenos días,

Nos gustaría saber, ¿que requisitos tenemos que cumplir si tenemos varias personas que son voluntarios en nuestra organización?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Carmen García González

Servicios consultoría de seguros/marketing social

Trabaja en:

Asesor particular

24.06.20

Buenos días,
Debéis suscribir una póliza de responsabilidad civil y una de accidentes, si quieres consultarnos coberturas y precios puedes escribirme: carmen.garcia@aseguradossolidarios.com
Feliz miércoles

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

24.06.20

Hola María Teresa
Siempre que nuestra entidad cuente con personas voluntarias es obligatorio que tengamos una póliza de seguros que cubra aquellos accidentes que les puedan afectar durante el desarrollo de sus funciones.

La Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado regula el seguro que cubra los accidentes que puedan producirse mientras los voluntarios realicen actividades organizadas por la entidad adherida, tal y como explica en el artículo 10:

“Estar cubiertos, a cargo de la entidad de voluntariado, de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil en los casos en los que la legislación sectorial lo exija, a través de un seguro u otra garantía financiera.”

Esta póliza debe garantizar una indemnización directa en caso de muerte e invalidez y los gastos de asistencia sanitaria en caso de producirse un accidente mientras los asegurados están a cargo de la entidad tomadora del seguro.

Aunque en la legislación no esté dispuesto, también suele ser recomendable contratar un seguro de responsabilidad civil que incluya a los voluntarios. Este seguro tiene por objeto cubrir los gastos de defensa y eventual indemnización por daños materiales y/o personales producidos en el ámbito de las actividades de la asociación. La póliza garantiza la responsabilidad civil general imputable a los voluntarios, profesores, monitores, otras personas a su servicio y a la entidad, como consecuencia de daños corporales y materiales causados a terceros por ellos mismos o por las personas de que deban responder. Garantiza también la responsabilidad civil por daños corporales de los cuales puedan ser víctimas los propios participantes derivados de la utilización de los locales, las instalaciones y en las actividades organizadas o controladas por la entidad.
Saludos
Teresa Ferraz

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

24.06.20

Sigo…
Te paso un enlace para q te descargues una guía de gestión del voluntariado donde encontrarás al final de la misma los documentos q necesitas por ejemplo el compromiso etc Está actualizada con la nueva normativa
https://www.redacoge.org/es/documentos.html
Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
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