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Consulta formulada por:
¿Recupera un ayuntamiento el IVA que paga en los servicios que contrata con empresas?
08.06.10
Buenos días.
Cuando un ayuntamiento paga a una empresa por realizar algún servicio para aquél o por recibir algún bien o suministro, ¿recupera el IVA que paga?
Es decir, ¿es más barato para un ayuntamiento contratar con una entidad que no le cobra el IVA que con una empresa que sí se lo tiene que cobrar?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
09.06.10
Hola José Antonio;
Al margen del tratamiento que tengan los ayuntamientos al respecto del iva y cierto que es más barata una factura sin iva que con iva.
El servicio prestado, si está sujeto y no exento en el iva, es independiente de quien lo preste, la cuestión no está en si es entidad o empresa, sino la naturaleza del servicio prestado.
Saludos, Eva
Aportada por:
Auditor Censor Jurado de Cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
09.06.10
Para un Ayuntamiento el IVA es más coste, cualquier compra que lleve iva le supone un incremento en el precio.
Literalmente contestando a tu pregunta es más barato para un ayuntamiento contratar con una entidad que no le cobra el IVA que con una empresa que sí se lo tiene que cobrar (pero el iva no depende de la entidad con que contrate sino del servicio)
Saludos cordiales
Opinión anónima
09.06.10
El hecho de que la factura lleve o no IVA no depende de quien lo contrata.
En este caso hazte la pregunta ¿ que harias si fuera a otro cliente el que te solicita este servicio?
La factura deberá ir con IVA en cualquier caso, salvo que lo que sumiistres se encuentre exento de IVA.
Aportada por:
Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com
Trabaja en:
Asesor particular
10.06.10
Cuando un ayuntamiento paga a una empresa por realizar algún servicio para aquél o por recibir algún bien o suministro, ¿recupera el IVA que paga?
No, los ayuntamientos no recuperan el IVA, simplemente pagan un servicio por un coste global, en ocasiones se incurre en ilegalidades al facturar SIN IVA, aunque seamos entidad no lucrativa, lo cual al Ayuntamiento le resulta indiferente, ellos cumplen, reciben factura y pagan, es es el servicio el que determina si hay IVA a repercutir o no, excepto en casos como la prestación de servicios deportivos, en los cuales las empresas si repercuten IVA, las asociaciones no lucrativas no lo hacen.
El IVA es un agravio comparativo para las asociaciones a la hora de optar a contratar con la administración, ya que tienen contar con el IVA soportado como un mayor coste, puesto que no se puede deducir en muchos casos, lo cual les deja en desventaja respecto a las empresas, que si pueden deducir el IVA.
Es decir, ¿es más barato para un ayuntamiento contratar con una entidad que no le cobra el IVA que con una empresa que sí se lo tiene que cobrar?
En referencia a lo anterior, si el servicio debe llevar IVA, al Ayuntamiento le debe dar igual, otra cosa es que hagan la vista gorda con el proveedor y este sea el que se busque un problema tributario por no desglosar y pagar el IVA a la AEAT.
Espero que haya sido de ayuda la respuesta