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Consulta formulada por:
Recientemente hemos aprobado una subida de cuotas ¿Debemos modificar los estatutos por esto?
08.01.14
Hola,
En la asociación en la que trabajo, se ha aprobado recientemente, la subida de las cuotas en sesión de Asamblea General. ¿Es preciso modificar los estatutos por esto?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
08.01.14
El establecimiento de cuotas suele ser competencia de la Asamblea General; si la subida ha sido aprobada así, es correcto sin más trámites; es cuestión de revisar los Estatutos, pero sería extrañísimo que obligara a incluir esa subida en su contenido; nadie lo hace.
Por ello, estate tranquilo y ¡adelante con vuestra labor!
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
08.01.14
Hola Macarena,
A tenor de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, así como de la Ley 4/2006, de 23 de junio, excepto que los estatutos asociativos establecieran otra cosa, será competencia de la Junta Directiva la aprobación de la cuantía de las cuotas de los socios.
Lo normal y lo más practico no es hacerlo por medio del procedimiento de modificación de estatutos
Si lo aprobais en La junta quedaría constancia en las actas de la Asociación.
Hay asociaciones que también llevan un reglamento interno donde regulan lo no previsto en los estatutos
Un saludo
Teresa Ferraz
Respuesta del participante:
08.01.14
Gracias por la prontitud en vuestras respuestas. En nuestros estatutos expresamente consta el importe de las cuotas a abonar según la naturaleza del socio. Es por ello que me preguntaba si sería necesario modificar los estatutos en este sentido. No obstante, considero más oportuno haber seguido el el procedimiento que me ratificáis, ya que al estar aprobado por Asamblea General, sería suficiente. Saludos… y a seguir en la lucha.