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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Miriam Morilla Pérez

Quisiéramos saber si las resoluciones de los plenos municipales son públicas

26.06.09

Quisiéramos saber si las resoluciones de los plenos municipales son públicas y podemos disponer de dicha información aunque no seamos de habitantes de la localidad.


En el caso de ser negativa la respuesta, ¿pasaría lo mismo si dicha información nos afecta como entidad?


Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

29.06.09

Estimada Miriam: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: de conformidad con el artículo 207. Real Decreto 2568-1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, se establece que:
“Todos los ciudadanos tienen derecho a obtener copias y certificaciones acreditativas de los acuerdos de los órganos de Gobierno y Administración de las entidades locales y de sus antecedentes, así como a consultar los archivos y registros en los términos que disponga la legislación de desarrollo del artículo 105, b), de la Constitución española. La denegación o limitación de este derecho, en todo cuanto afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos o la intimidad de las personas, deberá verificarse mediante resolución motivada”.
Así pues, de acuerdo con este precepto reglamentario, el acceso a la obtención de información en las Entidades locales vendrá dado por la legitimación de la persona física o jurídica, conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, nunca por su domicilio habitual o social.
Ello, sin perjuicio de la denegación o limitación de dicha pretensión en los supuestos enunciados en el art. 207 ROFCL.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
Rperezcastillo@gmail.com

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

29.06.09

Además de la buena respuesta del compañero, indicaros que en los plenos, más que resoluciones, se adoptan acuerdos y que, de igual manera que la propia sesión plenaria es pública, los acuerdos adoptados son públicos. Por otro lado, cuando se adoptan acuerdos en relación con procedimientos o intereses concretos, los mismos deben ser comunicados a las partes directamente afectadas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.
juan@gonzalezpalomino.com

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#3

Opinión anónima

30.06.09

Hola Miriam:
Los acuerdos de los plenos municipales son públicos, incluso las sesiones. Mientras que no son públicas las sesiones de la Junta de Gobierno Local.
Los ciudadanos tienen derecho a la información y participación, tal como está reconocido en preceptos constitucionales y en concreto, en el art. 69 de la Ley 7/1985 de 2 de abril.
Hay ayuntamientos que en su pagina web tienen un enlace de acceso a los acuerdos de sus plenos. No suele ser problemático.
Suerte y un abrazo.

solucionesong.org
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