Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Estela Pérez Ruiz

¿Quiénes deben firmar las actas de las Juntas y Asambleas de una Asociación?

03.11.03

Me gustaría saber si es necesario que todos los miembros que componen una Junta Directiva de una Asociación firmen las actas de las Juntas y Asambleas.

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

04.11.03

Estimada Sra.:
La Ley de Asociaciones no dice nada al respecto. Sólo indica en su artículo 14.1 que ha de llevarse un libro de actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y respresentación.
Recordemos que que el órgano de gobierno es la asamblea general y el órgano de representación es la junta directiva.
En cuanto a las reuniones de la junta directiva, habrá que atenerse a lo que digan los estatutos. Si no dice nada al respecto, lo normal es que vayan firmadas por el secretario de las reuniones. Si se quiere completar pues también por el presidente. No hará falta que las firmen todos, además, a lo mejor no hace falta que asistan todos y que no se exija un quorum elevado para que quede válidamente constituida.
Respecto a las asambleas generales, que también habrá que atenerse a los estatutos, si no dice nada pues que las firme el secretario de las reuniones.. Sin embargo es costumbre que las firme también el presidente y aunque no necesario, pero sí conveniente que las firmen dos o tres testigos, socios por supuesto, y que estas personas sean a poder ser personas que puedan discrepar en un momento dado de esas actas, no sé si me estoy explicando.
Acordarse que en los estatutos de la asociación debe constar la persona que ha de certificar asuntos y acuerdos.
Sin otro particular y en espera de haber sido de ayuda. Fernando Die Badolato. fdb2003yahoo.es

avatar
#2

Opinión anónima

04.11.03

SIEMPRE el Secretario, pues esta es una función inherente al cargo.
Si bien la LO 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación no contempla de forma detallada tal materia hemos de estar al contenido del artículo 7 h) que en definitiva viene a decir que en los estatutos deberán consignarse las atribuciones de los órganos de representación.

avatar
#3

Opinión anónima

05.11.03

En respuesta a su consulta, le informamos que, entre las funciones del Secretario, figura la de ser el fedatario de la entidad, es decir, es la persona encargada de dar fe de que tales Actas reflejan bien y fielmente la realidad.- Si bien no es necesario, salvo disposición estatutaria en contra, sí es conveniente que las Actas, además, sean suscritas por el Presidente del órgano asociativo. No se puede obviar que el Presidente y Secretario de la Junta Directiva pueden no coincidir con quienes ostentan tales cargos en la Asamblea.-
En cualquier caso, es preciso que el Secretario especifique el número de miembros asistente a la reunión, a fin de verificar quórum suficiente, de acuerdo con los Estatutos, para la válida adopción del Acuerdo en cuestión.-

Esta respuesta no es vinculante.-

avatar
#4

Aportada por:

Bertha Argueso Herrmann

Protectora de animales y plantas

Trabaja en:

Asesor particular

06.11.03

LAS ACTAS VAN FIRMADAS POR EL SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN Y CON EL VISTO BUENO DEL PRESIDENTE

solucionesong.org
Un proyecto de