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Consultas Online

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Consulta formulada por:

javier gonzalez paz

¿Quién debe presidir la Asamblea General por cambio de presidente?

05.12.14

Hola,

El actual presidente de la asociación fue elegido en Asamblea General celebrada el 18/12 del año 2010 y por un plazo de 4 años. Celebraremos la Asamblea General para la elección del nuevo presidente el 20/12/2014. ¿Puede presidir dicha asamblea el actual presidente o debe ser presidida por el vicepresidente?

Muchas gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

09.12.14

Javier,

normalmente los estatutos dicen que la Asamblea general la preside el presidente de la asociación, supongo que en vuestro caso dirá lo mismo y por tanto debe presidirla el “actual presidente”.

Saludos,

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

14.12.14

Estimado Javier: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, debemos de partir de que vuestra entidad asociativa está inscrita en el Registro Nacional del Ministerio del Interior, siendo de aplicació a la misma, en cuanto al supuesto que nos traslada, el artículo 7.1.h) de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, el cual establece lo siguiente: “1. Los Estatutos deberán contener los siguientes extremos:
h) Los órganos de gobierno y representación, su composición, reglas y procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros, sus atribuciones, duración de los cargos, causas de su cese, la forma de deliberar, adoptar y ejecutar sus acuerdos y las personas o cargos con facultad para certificarlos y requisitos para que los citados órganos queden válidamente constituidos, así como la cantidad de asociados necesaria para poder convocar sesiones de los órganos de gobierno o de proponer asuntos en el orden del día.”
Así pues, serán los estatutos de vuestra asociación, o, en su caso, el reglamento interno que tuviera dicha entidad como complementario a los estatutos, los que deban establecer como manifestación de la potestad autoorganizatoria en las entidades asociativas quién preside la Asamblea General ordinaria el próximo día 20 de diciembre de los corrientes.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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