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Consultas Online

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Consulta formulada por:

EVA PAREDES

¿Quién debe pagar a la SGAE: el músico que toca en este baile o la asociación que contrata?

09.03.17

Hola,

Somos una asociación de mayores, que algunos domingos celebramos baile. Para dicho baile contratamos un músico, que en algunos casos utiliza repertorio con derechos de autor.

¿Quién debe pagar la correspondiente tarifa a la SGAE, el músico o la asociación que le contrata? La verdad, andamos un poco perdidos con el tema de la SGAE.

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Manuel García García

Economista, Auditor no ejerciente. Miembro del ROAC. Especialista en Fundaciones y ONL. Miembro del equipo de GP7. Director Financiero del Grupo Fundación DFA

Trabaja en:

Asesor particular

10.03.17

Por nuestra experiencia es la entidad organizadora la que debe hacer frente al pago de los derechos de la SGAE. De hecho, la SGAE se dirige siempre contra la entidad organizadora.

Otra cosa es que si el cantante/grupo/compositor/autor es la persona que realiza el acto (ya sea un concierto o una obra teatral o cualquier evento sobre el que haya derechos de autor) y el evento es benéfico, previa comunicación a la SGAE de la solicitud de “exención” de los derechos de autor, convenientemente acordado con el mismo, se pueda conseguir que la SGAE no cargue tasa alguna para ese evento en concreto. Sabemos que esto se da pocas veces pero si se gestiona bien se puede conseguir. Pero es importantísimo el carácter previo de la solicitud para que puedan dar su visto bueno antes del mismo.

Espero haber sido de utilidad. Si tenéis más dudas sobre temas asociativos, podéis consultar nuestro blog en Texto del enlace…

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