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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Elena San Martín

¿Quién debe aprobar las cuentas de 2011 si ya hemos aprobado su disolución?

27.03.12

Nuestra asociación aprobó en 2011 asamblea extraordinaria su disolución y nombró la comisión liquidadora.

Aún no se ha disuelto y por ello no sabemos quién debe aprobar las cuentas de 2011. ¿Debemos convocar una nueva asamblea para aprobar las cuentas o puede aprobarlas la comisión liquidadora?

¡Muchas gracias!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

31.03.12

Elena,

yo creo que no hay que convocar asamblea porque la asociación tiene un funcionamiento limitado para hacer solo lo necesario para liquidarla.

Saludos,

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#2

Opinión anónima

02.04.12

Hola Elena,

La comisión liquidadora, tiene como funciones, entre otras:

  • cobrar créditos y pagar deudas pendientes
  • someter a la Junta General un balance final, un informe sobre las operaciones de liquidación.

Por tanto es la Junta General quien ha de aprobar las cuentas anuales.

Un saludo,
Salvador

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